Rúbricas 13

Rúbricas XIII Derechos humanos en Puebla 77 versen sobre infraestructura, ciencia, tecnología, desarrollo rural, procuración y administración de justicia, seguridad pública, hacienda, presupuesto y crédito público, gobernación y puntos constitucionales. De esta manera, en la distribución de las presidencias de las comisiones de trabajo en el Congreso local, las mujeres están al frente de aquellas consideradas “de mujeres”, o feminizadas, como el cuidado a otras personas, los asuntos sociales, o bien considerados temas “menores” y que, según se considera en el imaginario social, son afines con su perfil “como mujeres”. Están lejos de presidir las comisiones consideradas de “alta política” (Mosquera, 2006: 60), reservadas para los hombres. A este panorama debe añadirse la subrepresentación de las mujeres en las presidencias municipales. Para el año 2014 en nuestro país, sólo el 6.8% de los gobiernos municipales estaban encabezados por ellas, cuando la media en América Latina era de prácticamente el doble (12.3%), siendo en ese año, Nicaragua el país que contaba con mujeres en el 40% sus alcaldías. En el estado de Puebla, la presencia de mujeres en gobiernos municipales es muy escasa; en el año 2006 sólo el 1.8% de gobiernos locales era presidido por ellas (INEGI-Inmujeres, 2007: 464). Ese año, Puebla ocupaba el penúltimo lugar a nivel nacional, antecedido por Oaxaca, cuando el promedio era de 3.5% en ese nivel. Diez años después, en 2016, Puebla contaba con 14 presidentas municipales, es decir, ellas ocupaban el 6.5% de estos puestos, porcentaje menor respecto de la media nacional, de 14.4% (Inmujeres, 2017). Tales porcentajes distan mucho de la paridad establecida en la Plataforma de Acción de Beijing, y se pone en duda la plena participación de las mujeres en la toma de decisiones en todos los temas de atención pública en el estado. Si bien las mujeres en el ámbito rural y comunitario participan activamente en comités escolares o en las clínicas, cuando acceden a un puesto, éste es comunitario y gratuito, no siempre tienen un sueldo. Esto refuerza el estereotipo de que el trabajo de ellas no es valioso. Las mujeres han participado activamente en los espacios público y político a lo largo de la historia, aun sin haber sido incluidas en la categoría de ciudadanía, y su participación, la mayoría de las veces, ha estado asociada al trabajo de gestión y comunitario, sin llegar a puestos de elección popular. Lo cierto es que, con el paso del tiempo, con medidas como las cuotas y la paridad, existe una percepción de que participan más. La percepción de mayor participación comunitaria y política de las mujeres da cuenta de un proceso incipiente de normalización de su presencia en el espacio público, lo cual debería empezar a transformar los imaginarios de género, en los cuales ellas dejen de parecer extrañas e incómodas en el mencionado espacio. Ante el agudo déficit de representación política de las mujeres en el estado de Puebla, un reto es transitar del trabajo comunitario a la representación política, para que sean considerados sus intereses, experiencias y necesidades, y participen en la toma de decisiones amplias y estructurales. El proceso electoral ordinario 2017-2018 ha mostrado los obstáculos que ellas han enfrentado para ser partícipes plenamente en la arena política: discriminación y violencia. Frente a este panorama es importante vigilar la efectividad de las medidas tomadas para garantizar su pleno acceso a la vida política, tales como: las sanciones tomadas por las autoridades electorales estatales y federales ante faltas a la paridad, al cumplimiento de las fórmulas del mismo género, a posibles incumplimientos de partidos políticos de no enviarlas a puestos de elección popular “perdedores”, ante la violencia política ejercida contra ellas; y observar que una vez electas, ejerzan plenamente sus funciones públicas, sin discriminación ni violencia. La paridad de género busca superar la noción excluyente que ha dejado fuera a las mujeres de la categoría de ciudadanas, sin embargo, la sola aplicación de las normas no transforma de inmediato los imaginarios de exclusión y, por otro lado, las creencias y prácticas sociales inhiben la aplicación de las normas dirigidas a favorecer su participación en el espacio público. La sola presencia de las mujeres en dicho ámbito no garantiza la mejoría en la vida de otras; en distintos momentos se ha dicho que tener cuerpo de mujer no implica tener un pensamiento a favor de la igualdad de género. La participación paritaria de las mujeres en el espacio público es un asunto de justicia social; que ellas participen puede traducirse en la defensa de la agenda de sus derechos.

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