Apoyos funerarios De acuerdo con la Ley de Víctimas del Estado de Puebla, se pueden solicitar apoyos a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAVI) para gastos funerarios, los cuales se brindan por medio del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral. ¿Qué cubren estos apoyos funerarios y cuál es el monto máximo? Gastos por servicios funerarios, cremación inhumación, trámites registrales, traslado del cuerpo, así como el transporte y hospedaje de hasta dos personas que hagan la identificación del cuerpo. El fondo cubre gastos funerarios relacionados con el delito, hasta 12 veces la UMA mensual. ¿Qué requisitos se deben cumplir? ▪ Tener reconocida la calidad de víctima ▪ Estar dada de alta en el Registro Estatal de Víctimas ▪ Presentar la solicitud de acceso a los recursos del Fondo ▪ Presentar el documento de liberación y entrega del cuerpo, en el cual se señale que el fallecimiento fue por un delito o violación a derechos humanos . 1. Las víctimas deben presentar su solicitud formal. 2. La solicitud es analizada por el Comité Evaluador del Fondo, quien debe tomar en cuenta la situación de la víctima para tomar su determinación en un plazo de 4 días. 3. Posteriormente, la Comisión debe decidir sobre los apoyos en un periodo de 20 días hábiles. ¿Cuál es el procedimiento? 14
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