Derechos Humanos / Anuario 2020

140 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2020 A lo largo de la historia, los códigos y reglamentaciones penales han tenido un elemento crucial: castigar la acción de una conducta que sea contraria a la “convivencia” establecida, “quien la hace la paga”. Sin embargo, la Reforma de 2008 buscaba cambiar este esquema conocido como justicia retributiva en una justicia restaurativa, es decir, representar una respuesta evolucionada al crimen, que respeta la dignidad y la equidad de cada persona, construyendo comprensión y promoviendo la armonía social, a través de un proceso de sanación de las víctimas, los ofensores y la comunidad (Domingo, 2008). Bien sabemos que, por más que se esfuerce y se trate de estar a la vanguardia, el derecho siempre está un paso por detrás de la realidad (Aguilar, 2016), pero si nuestro sistema de justicia está enraizado a estructuras bien cimentadas que guardan prácticas de nuestras sociedades discriminatorias, violentas y racializadas, pareciera que no podemos hablar de un derecho que sea el mismo para todas las personas. En el año 2011 se realizó la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos cuya relevancia está en ubicar en el centro de las acciones del Estado y sus ciudadanos al acceso de los derechos humanos de estos últimos. De ahí que los principales cambios son la incorporación de todos los derechos humanos de los tratados internacionales como derechos constitucionales; la obligación de las autoridades de guiarse por el principio pro persona cuando apliquen normas de derechos humanos, lo que significa que deben preferir la norma o la interpretación más favorable a la persona; y la obligación para todas las autoridades, sin distinción alguna, de cumplir con cuatro deberes específicos: promover, respetar, proteger, y garantizar los derechos humanos (Secretaría de Gobernación, 2017). Aunque es de destacar el amplio trabajo que ha realizado el Estado mexicano para conjuntar los compromisos internacionales adquiridos en su propia normativa nacional, a lo largo del tiempo el acceso a las garantías individuales y, en el último siglo, a los derechos humanos, si bien son pasos lentos, pero de relevancia, no parecen reestructurar las categorías ni hábitos dominantes no sólo simbólicas, sino materiales sobre diversas agrupaciones históricamente invisibilizadas. En este punto radica mirar no sólo si los derechos humanos homogenizan en el discurso las desigualdades, sino también cómo elaboramos una postura, una narrativa y demás acciones que permitan también resarcir los daños históricos. Quizás, como planteara Boaventura de Sousa Santos, la dificultad de imaginar el fin del capitalismo permitió la creación de formas para vivir junto a él, y es ahí donde se sitúan los cambios de nuestro sistema jurídico mexicano. La perspectiva de género y la interseccionalidad Es necesario resaltar que, en el ejercicio de las instituciones encargadas de la impartición de justicia, se contemplan diferentes etapas a lo largo del proceso, que puede ser la etapa inicial sólo el ejercicio

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