38 Primavera 2015 3. Por tiempo indeterminado con periodo de capacitación inicial. En este tipo de contrato el trabajador se obliga a prestar sus servicios bajo la dirección y mando del patrón, con el fin de adquirir los conocimientos necesarios para la actividad en la que será contratado. Esta forma de contratación puede prolongarse hasta por seis meses, en las mismas condiciones que la modalidad anterior. En el primer tipo de contratación el patrón utiliza la fuerza del trabajo del trabajador sin reconocerle derecho laboral alguno y, de antemano, se sabe que no lo va a contratar. En las otras dos modalidades, al final de su vigencia, el patrón puede rechazar al posible trabajador, pagándole únicamente un finiquito y no una liquidación formal y debidamente compensatoria. De este modo, el trabajador no acumula antigüedad y sólo recibe pago del último mes de prueba o capacitación. Por su parte, la empresa se limita a hacer contratos temporales y no proporciona trabajos de planta. Como si lo anterior no fuese suficiente, la reforma laboral otorga a los patrones mayores garantías para que puedan ejecutar despidos injustificados en cualquier momento, ya que para que éstos procedan sólo se requiere que el patrón cuente por escrito con la opinión favorable que emita la Comisión Mixta de Productividad, Capacitación y Adiestramiento que al efecto tenga integrada y registrada la propia empresa. En suma, la reforma del mercado laboral preserva y amplía los intereses de los patrones y reduce al mínimo los derechos de los trabajadores. Con tal embestida en contra del mundo del trabajo, no resulta extraño observar un aumento inusitado en los índices de pobreza que aquejan a las familias de los trabajadores y, al no haber distribución de la riqueza o del ingreso nacional, avanza rápidamente la descomposición del tejido social. En estas condiciones la pregunta obligada que salta a la vista es: ¿cómo resistir a la barbarie del capital? En el siguiente y último apartado intentaremos aportar algunas ideas desde la perspectiva de la economía social y solidaria. ¿Qué rumbo seguir después de la imposición de la reforma laboral? La respuesta a esta pregunta depende de cómo se interprete el origen y el significado de esta medida: si la vemos como una acción aislada o como parte de la crisis general del capitalismo contemporáneo. Depende también de cómo la caractericemos, ya sea como una crisis cíclica de sobreproducción o como una crisis del modo de producción capitalista. Es decir, la solución a este entramado está sujeta a que se contextualice la reforma laboral como punta de lanza de la embestida global del capital contra el trabajo y, por lo tanto, que se identifique claramente el enemigo o referente social de los trabajadores, en este caso, el capitalismo corporativo mundial. Para resolver de fondo elproblema, no basta con resistir los efectos de la crisis económica, sino que es imperativo prepararse para impulsar un quiebre histórico en el rumbo de la humanidad.
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