Rúbricas 13

Rúbricas XIII Derechos humanos en Puebla 21 De tal manera, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla ha documentado testimonios donde migrantes manifiestan ser víctimas de extorsión, robo y secuestro (IDHIE, 2017). Asimismo, fueron señalados como perpetradores de dicha violencia: agentes de seguridad privada del tren, policías municipales y estatales, y las delincuencias común y organizada (ídem). En tal contexto, la Fiscalía General del Estado comunicó que, a partir del año 2011, comenzó a desagregar la información correspondiente a la nacionalidad de las víctimas de delitos, y aun cuando anunció que entre 2011 y 2016 se habrían iniciado 253 investigaciones por diversos delitos cometidos contra población extranjera, aún no se conoce con exactitud el número y tipo de delitos que afectan a los migrantes en circunstancias de irregularidad. Situación similar sucede con el Poder Judicial del Estado: al no desagregar información de las partes involucradas en un juicio penal, resulta imposible determinar el número de sentencias emitidas por delitos cometidos contra migrantes (ídem). La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla informó que, en un periodo de tres años, de 2013 a 2016, el Programa de Atención a Migrantes había recibido 29 quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos de estas personas. Sin embargo, al momento de llevar a cabo la investigación únicamente se encontraron tres recomendaciones, las cuales habían estado dirigidas a la Secretaría de Seguridad Pública y, en dos ocasiones, al Ayuntamiento de Tehuacán. Los derechos violentados fueron los de seguridad jurídica, legalidad, trato digno y libertad de tránsito (ídem). En relación con violaciones a derechos humanos por parte de autoridades federales, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, durante un periodo de 11 años (de 2006 a 2016) recibió un total de 98 quejas por presuntas violaciones a estos derechos, cometidas en territorio poblano, de las cuales, casi siempre, la autoridad presuntamente responsable fue el Instituto Nacional de Migración. De todas ellas, sólo se emitieron cuatro resoluciones (ídem). Cabe precisar que la información recabada únicamente hace referencia a las personas que optaron por iniciar un procedimiento de denuncia y/o queja ante las autoridades correspondientes, sin embargo, la cifra negra es desconocida y podría apuntar a un mayor número de agresiones. En tal sentido, puede advertirse que la ausencia de información que permita tener datos certeros sobre las agresiones que sufren los migrantes se antepone como uno de los mayores obstáculos para desarrollar posibles soluciones al problema, situación que pone en entredicho el cumplimiento de obligaciones en materia de derechos humanos de las autoridades estatales y federales. - Derechos humanos y obligaciones de las autoridades poblanas Debe reconocerse que, a través de los años, se ha ido desarrollando un fuerte acervo en los ámbitos internacional y nacional en materia de derechos humanos de los migrantes. En la esfera internacional, diversos órganos de control de los principales tratados de derechos humanos han emitido interpretaciones que fortalecen la protección de estas personas, tanto en el contorno del Sistema Interamericano, como del Sistema Universal. En el ámbito nacional, la Reforma Constitucional sobre derechos humanos de 2011 así como la expedición de la Ley de Migración en el mismo año, entre otras normati- - La ausencia de información no permite tener datos certeros sobre las agresiones que sufren los migrantes y se antepone como uno de los mayores obstáculos para desarrollar posibles soluciones al problema. Foto: Mexicanos sin fronteras

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