La 4T bajo la lupa

— 29 — nos, anunció la creación de la Guardia Nacional (con mando militar) y la propuesta de reforma constitucional que, de facto, materializaba y legalizaba la militarización de la seguridad pública.25 El 26 de marzo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una serie de reformas a la Constitución en materia de Guardia Nacional.26 Entre otras cosas, dicha reforma materializa positivizando dos cuestiones clave:27 por un lado, se crea una “institución de carácter civil” adscrita a la secretaría del ramo de la seguridad pública, llamada Guardia Nacional (artículo 21), pero en cuya conformación y funcionamiento participarán tanto la Sedena como la Semar (artículo sexto transitorio). Por el otro, la reforma brinda el marco legal para la permanencia, durante cinco años más, del Ejército en tareas de seguridad al disponer que “el presidente podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública” (artículo quinto transitorio). Esta reforma constitucional crea un nuevo cuerpo policiaco al estilo de estrategias fallidas previas, como la creación de la Policía Federal en 2009, o la Gendarmería Nacional en 2014,28 con la no pequeña salvedad de que, en este caso, se constitucionaliza la presencia de militares en tareas de seguridad. El eufemismo del carácter civil de la Guardia Nacional queda patente porque su estructura y regímenes de educación, capacitación, profesionalización, entre otros, están “homologados a los aplicables en el ámbito de la Fuerza Armada permanente” (artículo sexto transitorio). Sin embargo, más allá de la perspectiva legal, en la práctica el carácter civil de la Guardia Nacional ha quedado en entredicho al estar encabezada por un militar (en retiro) y al conformarse en su mayoría por elementos del Ejército y de la Marina.29 Y mientras en el presupuesto de egresos de la Federación de 2019, todos los rubros relacionados con la seguridad sufrieron reducciones, el correspondiente a defensa nacional tuvo una variación positiva, lo que refleja “la prioridad de centralizar las funciones en materia de seguridad” (Hernández y Romero, 2019: 99); la violencia representada por medio del número de homicidios siguió en aumento: en 30 meses de administración federal, se han contabilizado oficialmente 87 mil 271 homicidios.30 De permanecer esta tendencia, se calculan más de 200 mil personas asesinadas en el sexenio. Desafortunadamente, no se vislumbra en el corto plazo un cambio de rumbo, pues 25 Ya Peña Nieto había intentado legalizar la militarización del país mediante la Ley de Seguridad Interior de 2017. Dicha ley fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2018. 26 El decreto está disponible en: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5555126&fecha=26/03/2019 27 Por la extensión del documento se mencionan someramente. Para un análisis profundo de la propuesta de reforma citada ver: Cárdenas Gracia (2019) o Suárez Romero (2019). 28 Ambas corporaciones transferidas a la Guardia Nacional según el acuerdo por el que se emiten los lineamientos para la transferencia de los recursos humanos, materiales y financieros que tiene asignados la Policía Federal, disponible en: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5573845&fecha=30/09/2019 29 El 75% de sus integrantes son de extracción castrense (Centro Prodh, 2021). 30 Ver: https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/raymundo-riva-palacio/2021/06/21/los-muertos-del-sexenio/

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