Análisis de la iniciativa presidencial de reforma constitucional del Poder Judicial

18/ Análisis de la iniciativa presidencial / IBERO Puebla judiciales auxiliares y Plenos Regionales, en la que la distribución territorial para su elección pareciera ser insuficiente. Se reconoce que el mecanismo pudiese dar apertura a que los pueblos y comunidades indígenas se hallen debidamente representados en estos órganos jurisdiccionales, sin embargo, la imposición de perfiles ajenos a los contextos indígenas por parte de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los estados –presumiendo reformas imitativas para la implementación del proceso de elección de los integrantes del Poder Judicial en los estados–, puede traer consigo efectos contrarios a los pretendidos con la reforma (en términos de representatividad), así como vulneraciones a los derechos de libre determinación, autonomía y autogobierno indígenas. En general, la iniciativa de reforma constitucional por la que se plantea la elección de personas juzgadoras pareciere descontextualizada de la práctica electoral y judicial: omite pronunciarse sobre los efectos económicos, jurídicos y políticos de la magnificación de los procesos electorales y deja de lado la operatividad de los Poderes Judiciales en perjuicio de la garantía de los derechos humanos de las personas, esencialmente, de la prerrogativa fundamental de acceso a la justicia. 2.3 Necesidad de una reforma integral La iniciativa de reforma constitucional expresa que los asuntos tributarios (fiscales) deben ser resueltos en un máximo de seis meses, por su parte el actual artículo 20 inciso B fracción VII de la Constitución establece que las personas imputadas serán juzgadas antes de cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de dos años de prisión, y antes de un año si la pena excediere de ese tiempo, salvo que solicite mayor plazo para su defensa. Para ambos casos en la reforma se establece que, una vez cumplido el plazo, de seis meses o del año, se deberá avisar al nuevo Tribunal de Disciplina Judicial debiendo justificar ante el mismo el porqué del rezago. La reforma se enfoca a los temas penal y fiscal, olvidando las otras ramas del derecho que están lejos de una justicia pronta y expedita como, por ejemplo, la familiar; pero, más allá de los plazos establecidos en las leyes, hay que considerar de forma amplia los motivos por los que los juicios son tan tardados y dilatan tanto. Por ejemplo, en materia penal el proceso se inicia a instancia de parte o de oficio una carpeta de investigación, la cual es integrada por las y los ministerios públicos a través de los datos de prueba que vaya recabando la representación social, coadyuvada por la víctima; una vez integrada, o en caso de delito flagrante, se judicializa y llega con una persona juzgadora, es

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