10/ Análisis de la iniciativa presidencial / IBERO Puebla • Cada uno de los Poderes —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— propondrían a 10 perfiles para el proceso de selección de ministros y ministras de la SCJN. • El Senado de la República emitiría la convocatoria al inicio del período ordinario de sesiones del año previo a la fecha programada para la elección, recibiría las postulaciones y verificaría que cumplan con los requisitos. El listado iría al Instituto Nacional de Elecciones y Consultas, para iniciar el proceso electoral. • Se prohíben las campañas, la participación de los partidos políticos, así como el financiamiento público o privado a las y los aspirantes. k) Poderes judiciales de cada entidad federativa • Las y los magistrados, juezas y jueces de los estados también serán elegidos por voto popular, los poderes judiciales tendrán la misma organización que el federal, un órgano de administración y un tribunal de disciplina judicial. Magistrados y jueces no podrán ganar más que la persona titular del Poder Ejecutivo federal. l) No suspensión respecto a Normas Generales. • En caso de controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad respecto a normas generales, no hay lugar a suspensión, en los juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, no habrá con efectos generales ni en la suspensión ni en las sentencias.
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