Análisis de la iniciativa presidencial de reforma constitucional en materia de prisión preventiva

14/ Reforma constitucional en materia de prisión preventiva / IBERO Puebla Además, se afirmó de manera falsa que la eliminación de la prisión preventiva oficiosa implicaría la liberación automática de 68 mil “presuntos delincuentes”, siendo que se trata de personas inocentes: Esta decisión impactaría a la posible liberación de 68 mil presuntos delincuentes bajo prisión preventiva oficiosa al día de hoy. Estamos hablando de 11 mil 640 acusados de homicidio, siete mil 150 acusados de secuestro, cinco mil 617 de violación, cuatro mil 13 de narcotráfico y narcomenudeo, tres mil 800 de portación de armamento y explosivos, mil 405 de feminicidio, mil 273 de abuso infantil y corrupción de menores, y 405 por delincuencia organizada.11 El planteamiento que asocia la prisión preventiva oficiosa a una medida de seguridad pública fue reforzado por la Conferencia Nacional de Gobernadores en una carta presentada a la Suprema Corte –a modo de amicus curiae– el 6 de mayo de 2024, en la que los 31 gobernadores y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México manifestaron que la figura responde: Hacemos un llamado para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación considere lo aquí expuesto, ya que se trata de una decisión que impactará directamente en la seguridad y gobernabilidad del país y con ello en las entidades federativas, de cuyos gobiernos somos responsables y tenemos por tanto la valoración del que vive y tiene elementos más que suficientes para emitir opinión fundada sobre las negativas consecuencias que una eventual decisión adversa de ese Poder tendría en la seguridad de nuestros gobernados.12 En esos términos, que pretenden hacer de la prisión preventiva la regla y no la excepción, se hace inefectiva el carácter acusatorio del proceso penal, sirviendo ya no como medio cautelar procesal para “asegurar la presencia del imputado en el procedimiento, garantizar la seguridad de la víctima u ofendido o del testigo, o evitar la obstaculización del procedimiento”, como establece el Código Nacional de Procedimientos Penales, sino como herramienta incapacitante del “delincuente”, disuasoria del delito a través de la ejemplificación, desde –supuestamente–, la política de seguridad y prevención. 11 Ídem. 12 El Universal, “Gobernadores de 31 estados y el Jefe de Gobierno piden a Norma Piña mantener la prisión preventiva oficiosa”, 6 de mayo de 2024; La Jornada, “Gobernadores advierten a SCJN sobre riesgos de eliminar prisión preventiva”, 6 de mayo de 2024; Proceso, Los 32 gobernadores del país defienden la prisión preventiva oficiosa ante la SCJN, 6 de mayo de 2024.

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