Análisis de la iniciativa presidencial de reforma constitucional en materia de organismos autónomos

29/ Reforma constitucional en materia de organismos autónomos / IBERO Puebla de 2020 a 2024 ha impulsado cambiar el enfoque de la formación docente, mismo que se inscribe en la reforma de la Nueva Escuela Mexicana (NEM), entendida como una educación humanista, situada y con justicia social. De este modo, MEJOREDU buscó distanciarse de una formación carencial-instrumental, elaborando un enfoque de formación situada. Para ello, ha diseñado criterios, programas, intervenciones formativas y planes de mejora para docentes, directivos, supervisores y figuras de apoyo, en articulación con las autoridades federales y con las entidades federativas. Una cuestión que destacar es que MEJOREDU se interesa tanto por la formación de los docentes, en diferentes funciones, ya enumeradas, como de los equipos estatales de formación. Si desapareciera la Comisión esta visión y práctica se verían amenazadas, considerando que la tendencia instrumental sigue estando arraigada en las escuelas, planteles y organismos estatales y federales. También hay que subrayar que la MEJOREDU es la institución responsable de elaborar estudios e investigaciones especializadas destinados a identificar los aspectos de mejora de los aprendizajes. En este sentido, sus funciones no pueden ser incluidas entre las que tiene la SEP porque eso significaría dejar al sistema educativo mexicano sin un organismo que realice las tareas de diagnóstico, evaluación, sistematización de la información y emisión de directrices para el mejoramiento de los servicios en los distintos niveles educativos. Cada año publica los “Indicadores nacionales de la mejora continua de la educación en México”, documento que presenta las estadísticas e indicadores que dan cuenta de los avances, retos y estado que guarda la educación en el país. Por otro lado, MEJOREDU, también desarrolla acciones de acompañamiento a las escuelas, a través de materiales y de acciones en terreno que se realizan de manera coordinada con las entidades federativas. Finalmente, a pesar de operar con un presupuesto aproximadamente 62 por ciento menor que su predecesora el INEE, (Instituto Mexicano de la Competitividad, 2023), también ha tenido que hacerlo con menores atribuciones, establecidas en la Ley Reglamentaria del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Mejora Continua de la Educación (DOF, 2019), que no le autoriza a implementar ni certificar acciones de formación continua. En consecuencia, su función se concentra en emitir criterios, lineamientos y sugerencias, y diseñar y proponer a los estados programas e intervenciones formativas que no son vinculantes, y que en consecuencia pueden ser o no atendidos. Es importante señalar que desde su conformación se buscó que la dirección contara con un órgano colegiado en diálogo con académicos, especialistas en el campo educativo y con docentes. En ese sentido, además de los cinco integrantes de la junta directiva y los siete comisionados técnicos nombrados por el Senado, se tiene una representación de 15 consejeros ciudadanos que son seleccionados por convocatoria pública. Con esta conformación se busca

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