Análisis de la iniciativa presidencial de reforma constitucional en materia de organismos autónomos

24/ Reforma constitucional en materia de organismos autónomos / IBERO Puebla Además, en 2018 el INAI se sumó a otras autoridades del país en la presentación de acciones de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Seguridad Interior publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017. Este recurso se acumuló a los interpuestos por legisladores federales, la CNDH y el partido Movimiento Ciudadano, logrando que la SCJN invalidara dicha norma al contener disposiciones que pretendían normalizar la utilización de las Fuerzas Armadas en temas de seguridad pública, lo que es contrario al orden constitucional y convencional. Asimismo, una parte de sus miembros se pronunció por la incompetencia del Congreso de la Unión para legislar en la materia de seguridad interior (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2018). Otro caso emblemático en el cual el INAI ejerció esta facultad fue con la presentación de una acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por medio de la cual se buscaba crear el Padrón Único de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), en el cual se registrarían los datos de identificación y biométricos de todas las personas con teléfono celular en el país, como una estrategia de seguridad para combatir el delito de extorsión. Sin embargo, el Instituto determinó que esta medida violaba el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales de la población. El recurso se resolvió en abril de 2022, y la SCJN determinó declarar la invalidez de esta reforma al “no superar un test de proporcionalidad, encaminado a analizar la restricción al derecho a la privacidad y protección de datos en general. Específicamente, por existir medidas alternativas igualmente idóneas para garantizar la seguridad pública, pero menos lesivas para estos derechos” (Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2022). Además, como parte de su función de órgano de revisión de la actuación del Estado, el INAI ha interpuesto nueve controversias constitucionales9. Una de las más relevantes es la 217/2021 por medio del cual impugnó el acuerdo emitido por el gobierno federal el 22 de noviembre de 2021 por medio del cual se decretaba que todas las obras y proyectos prioritarios de la administración pública federal eran asuntos de “interés público y seguridad nacional”. En su recurso el INAI refirió que esta medida imponía una reserva a la información relacionada con estos proyectos, obstaculizando el ejercicio del derecho de acceso a la información pública establecido en la Constitución. Tras el análisis del recurso el pleno de la SCJN determinó la invalidez de este acuerdo10. 9 De acuerdo con la SCJN (s.f.) una controversia constitucional “es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional”. 10 Sin embargo, esta resolución se dio en el tiempo que el INAI no podía sesionar válidamente por faltad e integrantes, por lo que el mismo día la presidencia emitió un nuevo acuerdo similar al anterior.

RkJQdWJsaXNoZXIy MTY4MjU3