13/ Reforma constitucional en materia de organismos autónomos / IBERO Puebla Tabla 2. Número de integrantes de los plenos de los organismos incluidos en la reforma constitucional Organismo Integrantes órgano rector INAI Artículo 6 de la Constitución • Pleno conformado por 7 integrantes. • Nombramientos a cargo del Senado. IFT Artículo 28 de la Constitución • Los órganos de gobierno, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica como del Instituto Federal de Telecomunicaciones se integrarán por 7 personas comisionadas. • Nombramientos a cargo del Ejecutivo y el Senado. COFECE CONEVAL Artículo 26 de la Constitución • Un presidente y 6 personas consejeras. • Nombramientos a cargo de la Cámara de Diputados CNH Artículo 5 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, establece que cada una de estas comisiones tendrá “un órgano de gobierno” y “una secretaría ejecutiva”: • Órgano de gobierno: 7 integrantes. • Se considera un consejo consultivo, pero no se menciona cuántos integrantes. • Nombramientos a cargo del Ejecutivo y el Senado CRE MEJOREDU Artículo 3 de la Constitución • El organismo contará con una Junta Directiva, un Consejo Técnico de Educación y un Consejo Ciudadano. • Junta Directiva: 5 integrantes. • Consejo Técnico: 7 integrantes. • Consejo Ciudadano: 15 integrantes, pero es honorario. • Nombramientos a cargo del Senado En segundo lugar, como ya se mencionó, aunque estos órganos son autónomos en su operación, los procesos de designación de sus titulares recaen en los poderes tradicionales del Estado, por lo que existe la posibilidad de que el Ejecutivo o el Legislativo designen en estos puestos a personas alineadas a sus intereses políticos y “en los casos más drásticos, tanto el presidente como el Congreso podrían exigir compromisos a cambio de nombrar o ratificar a los titulares de los entes autónomos” (Camarena González, Guim Álfago y Zorriga Noriega, 2021, p.69).
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