126 127 Como se puede ver, mientras que en 2023 se informó que se habían abierto 20 carpetas de investigación, por considerar que cuerpos no identificados de mujeres que ingresaron al Servicio Médico Forense presentaban señales de que su asesinato respondió a razones de género, para 2024 sólo se reportó uno, lo cual genera dudas con respecto al manejo de los registros del organismo o la forma en cómo se clasifican a las posibles víctimas de feminicidio. Por otra parte, destaca que, de acuerdo con lo reportado por la fge en 2024, las 272 carpetas de investigación siguen en trámite, es decir, no se tienen avances en estas investigaciones. En cambio, en el Reporte 2023 se informó que, de las 651 investigaciones iniciadas, sólo cinco han sido judicializadas; en cambio, en 278 se determinó la no acción penal. Gráfica 1. Estatus de las carpetas de investigación abiertas en relación a cuerpos no identificados ingresados al Semefo Nota: Elaboración propia. Los datos presentados en las últimas páginas nos dejan ver los problemas que se tienen para poder identificar de forma clara cómo se manejan los cuerpos que ingresan al Servicio Médico Forense e, incluso, el poco acceso a la justicia que tienen estas víctimas sin identificar, lo cual es reflejo de la desaparición en cuestiones administrativas de estas personas. La falta de claridad en los mecanismos de identificación y de manejo de los cuerpos, así como las deficiencias registradas en los reportes proporcionados por la Fiscalía General del Estado y los ayuntamientos son reflejo de la necesidad de homologar los mecanismos de manejo de la información, esto con el objetivo de que los datos sirvan como herramientas para la búsqueda e identificación de personas. 5.6. Lineamientos y procedimientos Un aspecto que se considera fundamental para identificar la situación de la crisis forense en el estado, además de las estadísticas presentadas en las páginas anteriores, se relaciona con la falta de instrumentos de organización y coordinación por parte de las instituciones responsables de este tema. Preocupa, particularmente, que el Servicio Médico Forense carece de un reglamento propio de operación. Esta situación la confirmó la Fiscalía General del Estado, al responder una solicitud de información en la que se pidió el reglamento del Semefo197, y sólo remitió a consultar lo que se establece en el Reglamento Interior de la fge en relación con esta unidad198. En respuesta a una solicitud posterior199, en la que se requirieron los “documentos normativos (manuales, lineamientos, guías, protocolos, etcétera) relacionados con la operación del Servicio Médico Forense” se proporcionó el manual del procedimiento para la práctica de la necropsia médico legal. Es decir, los únicos documentos en los que se establecen lineamientos de funcionamiento del Semefo son el Reglamento Interior de la fge y el manual de las necropsias. Esto es efecto de la transferencia de la unidad a la Fiscalía, ya que cuando se encontraba adscrita al Poder Judicial sí contaba con un reglamento propio en el que se describían, entre otras cosas, las responsabilidades de cada una de sus áreas y 197 Por medio de la solicitud de acceso a la información pública con número de folio 210421523000526. 198 En los artículos del 236 al 250. 199 Con número de folio 210421523000527. 1% Judicializada 41% No ejercicio de acción penal 3% Incompetencia 22% Archivo temporal 1% Abstención de investigar 31% En trámite
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