Balance de la situación de los derechos humanos en Puebla

18 puedan proponer acciones de investigación y dar su opinión respecto a las mismas, así como acceder a los expedientes del caso de su familiar. Frente a este contexto de vulneraciones a derechos humanos, realizamos las siguientes recomendaciones: En términos generales, por una parte, colaborar y trabajar de manera coordinada y desformalizada de acuerdo a lo establecido en los Ejes Rectores del Protocolo Homologado de Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas. Y por otra parte, garantizar el derecho de participación de las familias de personas desaparecidas en los procesos de investigación y búsqueda de sus seres queridos. A la Fiscalía General del Estado de Puebla. • Finalizar la implementación del Banco Estatal de Datos Forenses, el cual debe interconectarse en tiempo real con el Banco Nacional de Datos Forenses. A la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares. • Realizar las investigaciones tomando en cuenta las circunstancias particulares de la persona desaparecida, así como de sus familiares; considerando si son niños, niñas o adolescentes, personas indígenas, mujeres, personas adultas mayores o personas migrantes. Esto, con el fin de fortalecer las líneas de investigación y garantizar el acceso a la justicia y la verdad. A la Comisión de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla • Crear el Registro Estatal de Personas Desaparecidas de acuerdo a lo establecido por los artículos 61, 62 y 63 de la Ley de Búsqueda de Personas del Estado de Puebla.

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