17 Proteger los derechos de las víctimas, directas e indirectas de la desaparición, debe ser una prioridad ante este escenario; sin embargo, el Congreso estatal sigue siendo omiso respecto a emitir la Ley de Declaración Especial de Ausencia por Desaparición. Misma iniciativa que fue presentada en el poder legislativo el 5 de octubre; después de su elaboración entre el equipo de la Diputada Mónica Silva, el colectivo Voz de los Desaparecidos en Puebla y la IBERO Puebla, a través del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría SJ, la Clínica Jurídica Minerva Calderón y el Observatorio de Participación Social y Calidad Democrática. Es relevante recuperar el llamado que hizo el Comité CED al Estado mexicano, en su informe por su visita al país, publicado en abril de 2022: “erradicar todas las causas estructurales de impunidad”. Lo cual implica que, aquellas instituciones pertenecientes al sistema encargado de la administración de justicia, eliminen las prácticas que “obstaculizan el acceso a la justicia y perpetúan a la desaparición forzada como el paradigma del crimen perfecto”17. El reducido número de sentencias por desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, perpetúa este paradigma y replica mensajes de permisividad, además de dar cuenta de un sistema judicial con pocas capacidades de investigación que, al final, vulneran el derecho de las personas desaparecidas y sus familias a acceder, no sólo a la justicia, sino a la verdad. En este contexto de violencia e impunidad es que las familias de personas desaparecidas en el estado siguen organizándose y exigiendo sus derechos y los de sus familiares que siguen sin regresar a casa. Son ellas, desde su organización colectiva quienes llevan a cabo búsquedas eficientes y sensibles, así como acompañamiento entre pares. Esta labor tan digna y amorosa sigue supliendo las obligaciones que el Estado está fallando en realizar, y que, no están exentas de riesgos a su integridad y a su vida. Por ello, es fundamental que las distintas instituciones del Estado garanticen el derecho de las familias a participar tanto de la investigación como de la búsqueda, siendo informadas adecuadamente de las acciones de búsqueda, garantizando que 17 Comité contra la Desaparición Forzada (CED). (12 de abril de 2022). Informe del Comité contra la Desaparición Forzada sobre su visita a México en virtud del artículo 33 de la Convención.
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