DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2023 27 culpables de los hechos; pero también determinó que, al no ser intencionales, las sentencias eran excesivas y violaban sus derechos humanos, por eso ordenó que se impusieran nuevas penas, que de ninguna manera llegarán a los 20 o 29 años. Lo que puedo decir como positivo es que son sin derecho a fianza. Estamos solicitando una reunión con el Fiscal General de la República para conocer por qué no se han ejecutado las sanciones correspondientes a cada uno de los sentenciados. Rosario: Gracias, Julio César, si bien ya nos has platicado de varias medidas, adoptadas en el marco de la lucha de las propias familias, te preguntaría: ¿qué medidas hacen falta por adoptar en materia de justicia, de verdad y de reparación? Julio: Bueno, primero que nada justicia como tal, desde nuestra perspectiva, no existe; que haya sanciones, que haya sentenciados para nosotros no es justicia, porque desde un principio el cerco de responsabilidades se limitó a cierto rango, a ciertos límites, dejando fuera personajes o servidores públicos, como el mismo director del IMSS; esto lo estableció en su momento una investigación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con el ministro Arturo Saldívar, que la llevó a cabo, pero que fue rechazada en el Pleno, desde entonces sabemos que la justicia no será plena en ese sentido, no están todos los deberían de estar. Y de manera positiva, que hay una nueva denuncia que se presentó hace un par de años por parte del IMSS, y que toma como elemento base el trabajo que realizó la Corte en el año 2009, y parte del 2010, con el ministro Arturo Saldívar; esos elementos, que en aquel momento buscaban determinar (en junio y julio del 2010), según el artículo 97 de la Constitución, si había habido o no violaciones graves a las garantías individuales (como se les dominaba entonces), no prosperó y fue rechazada. Hoy son elementos importantes para esta nueva denuncia que presentó el departamento jurídico del IMSS, en ella se señala lo que no se hizo antes, se señala al exgobernador Eduardo Burgos Castelo, y a quien más resulte responsable, como pudo haber sido también el exdirector general del IMSS, Daniel Karam Toumeh, entre otras personas que quedaron fuera en su momento. Hay una Ley General de Víctimas, la cual se promulga en 2013; esta ley, cuando se trata de atender un derecho y en favor de las víctimas, es retroactiva; pues en este caso, aplica para hechos que ocurrieron con anterioridad a su promulgación, en el caso de la Guardería ABC ocurrió como cinco o seis años antes. Sin embargo, fue complicado acceder a ser parte del padrón de víctimas, tanto los niños y las niñas (hoy son adolescentes) que resultaron seriamente lastimados, como los que tuvieron algún tipo de afectaciones de pulmones, como las familias, como víctimas indirectas. Finalmente, estábamos en ese padrón, pero ha sido muy complicado; desde el 2017 (vamos para siete años litigando), hemos tenido que litigar contra la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para que se realice o efectúe la reparación integral del daño; la cual comprende cinco medidas: la restitución, la rehabilitación, la compensación, la satisfacción y las medidas de no repetición. La primera de ellas, la restitución, significa regresar a la víctima a la situación en que estaba antes de los hechos; en este caso es imposible, pues nada nos va a devolver a nuestros hijos, pero sí buscamos que, en la medida
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