Derechos Humanos / Anuario Edición 2022

DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2022 109 en México. Con todo, siguiendo a este autor en la idea de que una transformación cualitativa es más probable cuando hay elementos cuantitativos en juego, la pregunta que queda abierta es si el país camina en dirección a este escenario. Y es que el tiempo transcurrido de la actual administración federal podría ser narrado como la crónica de la militarización de la seguridad pública a la militarización de la vida pública-gubernamental. La propia Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, como muestra de dicha afirmación, tuvo que ser reformada a principios de 2022 para crear la figura del Estado Mayor Conjunto y delegar en esta nueva autoridad los asuntos relacionados estrictamente con la defensa nacional, así como la organización, el adiestramiento, la operación y el desarrollo de las Fuerzas Armadas.18 A cargo del Alto Mando del Ejército y la Fuerza Aérea, es decir, del titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), queda el resto de tareas que ha venido acumulando de manera concreta el Ejército con base en la fracción IV del artículo 1º de su ley orgánica,19 misma que le faculta para “realizar acciones cívicas y obras sociales que tiendan al progreso del país”; una expresión en la que cabe todo. En contraste, el artículo 129 constitucional dispone: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”. A la luz de los artículos 13 (fuero militar) y 31 (instrucción cívica y militar) de la Constitución federal, se puede razonar que la disciplina militar tiene relación precisamente con los asuntos que, en el caso del Ejército y la Fuerza Aérea, han sido trasladados al nuevo Estado Mayor Conjunto. No obstante, el texto constitucional ha sido interpretado de tal manera que las Fuerzas Armadas han venido ganando espacio y poder. Paradójicamente, el candidato que prometió la pacificación del país con una nueva estrategia de seguridad que incluía mecanismos de la justicia transicional, se ha convertido en el gobernante que ha dado continuidad al modelo y ha ampliado la presencia militar en otros campos de acción gubernamental. En materia de seguridad, la Guardia Nacional es una institución fuertemente militarizada. Su composición es fundamentalmente de origen militar, su capacitación y armamento son de tipo militar y, operativamente, aunque la Constitución diga otra cosa, su estructura de mando reporta y obedece a la Sedena20 (Centro Prodh, 2021). De acuerdo con el Observatorio de la Guardia Nacional y la Militarización en México (2022), “a más de dos años de su creación, es claro que se trata de una corporación militar dirigida por las Fuerzas Armadas”. 21 18 Ver: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5643305&fecha=18/02/2022 19 Ver: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOEFAM.pdf 20 Este fue el principal debate en el proceso legislativo que tuvo lugar para la discusión de la reforma constitucional en materia de Guardia Nacional en 2019. Originalmente, López Obrador planteó un mando militar, que el Poder Legislativo transformó en un mando civil. Este ajuste, sin embargo, fue rápidamente desafiado en la realidad. De hecho, el presidente anunció en 2021 que en la parte final de su gobierno enviaría una iniciativa de reforma constitucional para que la Guardia Nacional pase formalmente a las Fuerzas Armadas. 21 Ver: http://causaencomun.org.mx/observatorioguardiayfuerzasarmadas/

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