Derechos Humanos / Anuario Edición 2021

62 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2021 reconocimiento de derechos personales a lxs demandantes, la configuración de una serie de acontecimientos mediáticos que, sobre todo a partir de mediados de 2009, situó a la demanda en un lugar central del debate público. Un caso ejemplar fue el amparo presentado en 2007 por Claudia Castro y María Rachid: esta última se convertiría en presidenta de la falgbt y adquiriría un marcado protagonismo durante las discusiones legislativas del proyecto de ley. Dos años después, se dio el primer fallo favorable a un amparo de inconstitucionalidad, que beneficiaría a la pareja de Alex Freyre y José María Di Bello. La jueza Seijas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires enfatizó varios argumentos que adquirirían mayor presencia en las discusiones públicas posteriores: la des-estigmatización de las sexualidades diversas, la concepción del matrimonio civil como una institución secularizada que ha cambiado con el tiempo en la legislación argentina –aunque dichos cambios “debieron enfrentar fuertes resistencias”–, la consideración de una figura legal diferente al matrimonio (unión civil) como una forma de “camuflar el repudio hacia grupos excluidos”, y un discurso que, sobre todo, enfatiza la no discriminación –“La ley no debe discriminar entre las diferencias de un habitante y otro, sino que debe tratar a cada uno con igual respeto en función de sus singularidades”9–. Muchos abogadxs provenientes de sectores conservadores –entre ellxs, miembrxs de la Corporación de Abogados Católicos– solicitaron la nulidad del fallo, con el apoyo de la jueza Gómez Alsina, quien estableció una medida cautelar que impidió la celebración del matrimonio. En el medio de un debate social amplificado por estas instancias, el primer matrimonio de personas del mismo sexo fue finalmente llevado a cabo en la Provincia de Tierra del Fuego el 28 de diciembre de 2009, autorizado por un decreto provincial. Durante los próximos seis meses, este evento sería acompañado por otras instancias de fallos judiciales favorables: al aprobarse la ley de matrimonio igualitario, ya se habían celebrado nueve matrimonios entre parejas del mismo sexo en diversos puntos del país autorizados judicialmente. Asimismo, en 2009 la Administración Nacional de la Seguridad Social (anses) emitió una resolución que admitió a convivientes del mismo sexo como parientes con derecho a la pensión por fallecimiento, reconociendo así la igualdad de derechos previsionales y sociales a parejas heterosexuales o del mismo sexo. Esta decisión fue tomada luego de que, en 2005, se le denegara el derecho a la pensión a Hugo Fontana, la primera persona en pedir formalmente el derecho a la pensión por fallecimiento de su pareja de mismo sexo. En relación a la estrategia legislativa, el diputado nacional del Partido Socialista, Eduardo Di Pollina, presentó un proyecto de reforma del Código Civil en la Cámara de Diputados de la Nación en 2005 y 2007. En 2009, las diputadas Vilma Ibarra y Silvia Augsburger retomaron el proyecto y lograron, a pesar de una fuerte oposición conservadora y también partidaria, dictamen favorable de las comisiones de Legislación General y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia para su tratamiento legislativo en 2010. El proyecto obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados el 5 de mayo de 2010 (Sgró Ruata, 2011). 9 Fuente: Centro de Formación Judicial. Disponible en: https://www.cij.gov.ar/nota-2897-Autorizan-a-pareja-del-mismo-sexo-a-contraer-matrimonio.html

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