Derechos Humanos / Anuario Edición 2021

60 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2021 de igualdad sexogenérica formuladas durante la hegemonía kirchnerista, debates candentes en el seno del activismo lgbtttiq+ argentino actual (cuarto apartado). En el apartado conclusivo, integramos las principales ideas de este texto. El proceso de reconocimiento del matrimonio igualitario en Argentina La lucha por la legalización del matrimonio igualitario en Argentina está directamente vinculada a la historia del movimiento de la diversidad sexual argentino. Si miramos en retrospectiva, advertimos claramente que las dictaduras militares de la segunda mitad del siglo xx produjeron en el país contextos políticos que eran altamente criminalizantes y represivos hacia personas lgbt+,5 particularmente hacia grupos movilizados. Durante la década del 60 y del 70, el activismo lgbt+ se articulaba en el Frente de Liberación Homosexual (flh), pero la mayoría de sus acciones eran clandestinas, ya que la homosexualidad era perseguida tanto por gobiernos democráticos6 como dictatoriales.7 Solo desde el regreso a la democracia (1983), y con la emergencia de nuevos grupos activistas como la Comunidad Homosexual Argentina (cha) y Gays por los Derechos Civiles (gdc), el activismo por la diversidad sexual –referido como comunidad homosexual en esa época– adquirió una mayor visibilidad pública en Argentina (Rapisardi y Bellucci, 2001). Desde la década del 80, el activismo homosexual logró acercarse al movimiento de derechos humanos, que impulsaba demandas de reparación y justicia por los crímenes de lesa humanidad cometidos por la última dictadura militar (1976-1983) en el país. Durante finales de la década de los 80 y al inicio de la década de los 90, la expansión y urgencia de la pandemia del vih significó la emergencia de nuevas problemáticas –que se sumaban a las que ya venían visibilizando, la discriminación, el abuso y la represión policial, etc.–. En este contexto, demandas específicas de reconocimiento legal de parejas del mismo sexo comenzaron a emerger de manera muy incipiente.8 5 Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros, como enumeración no taxativa. A su vez, el signo “+” es indicativo del carácter abierto del acrónimo, que contempla la posible inclusión de toda otra configuración identitaria disidente de la hetero/cis/normalidad (Azarian y Scarpino, 2020). 6 Durante la mitad de la década de 1940, se sancionaron edictos policiales que habilitaban a las fuerzas policiales a actuar en materia concerniente a la prostitución y el disturbio del “orden social y moral”. Dichos edictos fueron utilizados para criminalizar y sancionar a la homosexualidad, aunque la sodomía nunca fue codificada como un delito. Asimismo, en 1951 se aprobó el Código de Justicia Militar que penalizaba la homosexualidad en las fuerzas militares con degradación del cargo y prisión. 7 En el contexto de la dictadura militar de Juan Carlos Onganía (1966-1970), los niveles de censura fueron extremadamente altos: exhibiciones artísticas, películas, libros, obras de teatro, ballets, entre otros, fueron prohibidos. Las fuerzas militares y policiales intensificaron sus acciones para controlar el orden social y moral. 8 En líneas generales, a continuación enumeramos los hitos principales del activismo homosexual durante estas décadas: en 1988, se aprueba la ley N° 23.592 de Actos Discriminatorios, que penaliza acciones discriminatorias pero no incluía como categorías a proteger la orientación sexual o la identidad de género (en 1988 se aprueba la Declaración Sociolaboral del Mercosur que establecía el principio de no discriminación, incluyendo a la orientación sexual entre las causales de discriminación prohibidas. En 1990, la ley Nacional del sida N° 23.798, de lucha contra la pandemia de hiv-sida. En 1991, la Corte Suprema de Justicia ratificó el rechazo de reconocimiento formal de la cha (sin embargo, en 1992, el reconocimiento fue otorgado por decreto presidencial). En 1992, se llevó a cabo la Primera Marcha del Orgullo

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