Derechos Humanos / Anuario Edición 2021

DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2021 31 Si bien para la realización de este diagnóstico fue necesario revisar el concepto de feminicidio, el objeto de investigación no era el fenómeno social en sí mismo, sino la forma en la que es presentado en los medios de comunicación. En el 2019, en mi lugar de trabajo se inició un nuevo proyecto: realizar un registro hemerográfico de probables feminicidios en el estado de Puebla, ello tuvo mayores implicaciones, no sólo en cuanto a los aspectos meramente metodológicos, sino en mi forma de mirar, de asimilar, de filtrar y de traducir la información que prácticamente encontraba a diario; ya no partía desde la perspectiva de alguien más, sino que tenía que conformar la propia, tenía que apre(h)ender qué es el feminicidio. Uno de los aprendizajes que me dejó la elaboración del diagnóstico del ovigem fue identificar que yo misma carecía de los elementos suficientes para identificar un probable caso de feminicidio y que, aun cuando me generaba enojo e indignación leer la forma en la que en los medios de comunicación se hacía referencia a los hechos y a las víctimas, tampoco conocía otra forma de nombrar, de decir. Un aspecto de particular interés para mí fue la relativa al uso del lenguaje; al recopilar y sistematizar los verbos, sustantivos y adjetivos que se utilizan con frecuencia en las notas informativas para referirse a las mujeres puede observarse una tendencia no sólo a discriminar y estigmatizar, sino a deshumanizar por completo a las víctimas de la violencia feminicida. Este aspecto es importante para mí, porque considero que ahí, en las palabras que elegimos para hablar de la violencia, hay también una oportunidad de decidir si la reproducimos y revictimizamos o, si encontramos la forma de dignificar a las víctimas, de regresarles un poco de la humanidad que les ha sido arrebatada. Es en este punto del recorrido donde voy a detenerme para definir qué es la violencia feminicida y por qué hablamos de ella con tanta insistencia, porque en el proyecto de registro hemerográfico no sólo se identifican probables casos de feminicidio, sino también intentos de feminicidio; se registran casos de desaparición de niñas, adolescentes y mujeres, y probables casos de trata de personas en el estado de Puebla. Leo muchas notas en las cuales se reproduce la discriminación y la violencia contra las mujeres, pocas en las que se da voz a familiares de las víctimas y, en un ejercicio –que yo llamo– de traducción y resistencia, busco la forma de referirme del modo más digno posible a ellas: a las niñas, adolescentes y mujeres cuyos cuerpos y vidas han sido violentadas. En este proceso es imposible no cuestionarse frente a qué fenómeno estamos, desde dónde lo abordamos y cómo lo nombramos. Afinar la mirada “Me cuestiono qué decir, cómo abordar un tema” (Ana Tijoux) El artículo 1° de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer (Naciones Unidas, 1994) indica que por violencia contra la mujer se entiende: todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico

RkJQdWJsaXNoZXIy MTY4MjU3