Derechos Humanos / Anuario Edición 2021

DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2021 137 agroindustria, el cual está caracterizado por la siembra de monocultivos, el amplio uso de fertilizantes pétreos, pesticidas, herbicidas y el uso intensivo del riego. Para el caso mexicano, está representado por grandes empresas que orientan la producción a la exportación, sin que se piense en ningún momento en los actores locales o la población. Es preciso referir que el derecho a la alimentación, el papel del campesino como actor fundamental en el desarrollo agrario nacional, y el reconocimiento de los mercados municipales se encuentran tutelados por la Constitución federal, sin embargo, existe una evidente y sistemática ausencia de los mismos en los planes estatal y municipales de desarrollo, así como en las leyes locales de la materia. Lo cual evidencia el incumplimiento de la Constitución federal, a la par de que se invisibiliza a dichos actores. Concatenado con lo anterior, tenemos que el Plan Estatal de Desarrollo, así como la normatividad local rural de Puebla, están orientados por una lógica meramente mercantil basada en el crecimiento de la producción agraria, a efecto de que esta sea vendida como mercancía y se incremente la ganancia. En ningún momento se aprecia el papel que puede, y debe cumplir, la entidad federativa respecto de la distribución de la producción agraria, con una visión orientada al cumplimiento de derechos, y no sólo de la utilidad económica. Es preciso mencionar que los mercados municipales y el campesinado son el gran ausente en la materia. A la par, tenemos que los mecanismos de coordinación regional, tanto de la Zona Metropolitana Puebla-Tlaxcala, como del área metropolitana, son más bien simbólicos, en tanto carecen de representatividad de actores, así como de la estructura legal-administrativa que les permita mayor operatividad. Por cuanto hace a los municipios en concreto, la situación lamentablemente se repite. En ninguno de los municipios analizados: Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula, existe una visión más amplia del mercado municipal como actor fundamental en el proceso de distribución de los alimentos producidos por el campesinado; por el contrario, tiene una orientación basada en el dogma fundamentalista del libre mercado, y no existen en sus reglamentaciones, organismos al interior que les permitan consolidarse o actuar como un sujeto colectivo. Respecto del tema del campesinado, los planes municipales de San Andrés y San Pedro ni siquiera los contienen como concepto. Dicha invisibilización permite apreciar que las administraciones actuales no los consideran como un eje indispensable en la producción rural, fallando con ello a la propia Constitución federal. A manera de cierre tenemos que, mientras más se desciende en el entramado político-jurídico-administrativo nacional, más se aprecia la separación entre el desarrollo rural visto como proceso local donde el campesinado debería ser actor central, y la necesidad de pensar a los mercados municipales como eje de distribución para lograr el derecho a la alimentación en el área metropolitana de Puebla.

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