DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2020 61 existe la posibilidad de que los beneficiarios sean parte del fideicomiso y tomen decisiones; en México es distinto, es un instrumento financiero, de carácter mercantil, como una operación de crédito. Es como si alguien abre un fondo en una institución bancaria y firma un contrato con ésta para decidir cómo se manejan los recursos. En ese sentido, nos parece que, como tal, no es que sea malo el instrumento, que en sí mismo tiene mucha flexibilidad, el problema es el uso que se le ha dado desde las instituciones públicas y la falta del cumplimiento al marco normativo y las obligaciones de transparencia y rendición de cuentas que se han ido fortaleciendo. Incluso, ahora, con la aprobación de la Ley de Austeridad, también hay candados importantes para controlar el uso discrecional que se le pudiera dar a los fideicomisos. Evidentemente, lo que nosotros evidenciamos en el informe que presentamos en 2018 es que hay muchos espacios y prácticas que son puerta a la discrecionalidad, que es importante revisarlos y vigilar que se garantice lo previsto en la ley, para realmente potencializar su utilidad, porque, como te digo, es un instrumento financiero accesible y flexible para el uso de recursos. En muchos casos, por ejemplo, para la garantía de derechos humanos, en donde se requiere el acceso inmediato de recursos, los fideicomisos pueden ser muy útiles, el problema es que no se están cumpliendo con estas obligaciones de transparencia y rendición de cuentas o candados que están previstos en la ley, y de ahí es que, de alguna manera, se estigmatiza como un instrumento de corrupción, cuando es sólo una herramienta financiera. El Estado, independientemente de los instrumentos financieros que utilice o genere, tiene que garantizar el uso adecuado y transparente de los recursos públicos. Además, en la ley se señala que está prohibido el secreto fiduciario y/o bancario cuando se trata de recursos públicos y debe imperar la máxima publicidad, y en estos instrumentos no se cumplía, pese a quienes tienen la obligación de hacerlo son las mismas dependencias públicas que los manejan y los crean. Erendira Luna: Entonces, entiendo que ustedes ven ciertas posibilidades, o sea, haciendo esta comparación con las prácticas de otros países en donde el elemento de confianza es el primordial para poder llevar a cabo este tipo de operaciones o para que el instrumento funcione, se tendría que incluir a los beneficiarios dentro de este proceso, ¿ustedes lo han contemplado como un elemento importante con el cual se podría avanzar en este sentido? Sarahí Salvatierra: Ahora ya es muy incierto el futuro que tienen y, justo, algunas organizaciones de sociedad civil estábamos trabajando con la Secretaría de la Función Pública, en el marco de Gobierno Abierto, en el tema de fideicomisos. Una de las propuestas en este tema era mejorar los mecanismos de participación ciudadana, que contemplaban, por un lado, que los beneficiarios pudieran participar en la toma de decisiones, en la elaboración de las reglas de operación, que son las que determinan cómo van a funcionar los
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