56 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2020 se cuentan de manera conjunta, con una disponibilidad total de 577 mil millones de pesos. Erendira Luna: De estas clasificaciones que nos das, ¿nos podrías indicar si se manejan de la misma manera?, es decir, ¿si todos son recursos públicos o también hay recursos privados dentro de estos fideicomisos, y que eso complejiza incluso la transparencia y la rendición de cuentas de los mismos?, ¿todos son con recursos públicos y tendrían que atender a la legislación en materia de transparencia y rendición de cuentas? Sarahí Salvatierra: Justo antes de la Reforma de 2014 que crea la Ley General de Transparencia, ya se contemplaban los fideicomisos en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y ahí se identifican dos tipos de fideicomisos, que son los fideicomisos entidad paraestatal y los no entidad paraestatal, y es muy importante esta clasificación porque ahí vienen algunos problemas en términos de transparencia y uso de recursos. Los fideicomisos entidad paraestatal son aquellos que están integrados como una dependencia, [como] una entidad de la Administración Pública federal y tienen una estructura orgánica. Cada año se publica en el Diario Oficial de la Federación, alrededor de agosto, la lista de entidades paraestatales de la Administración Pública y ahí vienen los fideicomisos que son considerados como tal. La última lista salió el 14 de agosto de este año y había 18 fideicomisos con estructura orgánica, entonces, se supone que éstos no deberían tener ningún problema de transparencia, de vigilancia, de control, porque, como tal, es como si fueran una entidad pública, y en términos de acceso a la información, tendrían que contar con comités de transparencia, o unidades de transparencia, a las cuales cualquier persona puede preguntarles directamente cómo se están ejerciendo o funcionando. Estos instrumentos, al ser completamente públicos, están integrados con recursos públicos, principalmente, sin embargo, otra de las ventajas, que creo que no mencioné hace un momento, que tienen los fideicomisos, es que pueden recibir donaciones o transferencias también de privados o de otras dependencias públicas, porque el fideicomiso permite tener distintas fuentes, no solamente del presupuesto. Sin embargo, la gran mayoría de recursos del patrimonio de fideicomisos sí son del presupuesto público, pero pueden tener ciertas aportaciones privadas. Entonces, aunque lo recursos estén integrados en estas entidades paraestatales, estos fideicomisos con estructura orgánica pueden tener ciertas participaciones privadas, pero, por estar constituidos con esta naturaleza, el ejercicio de sus funciones tiene que ser completamente transparente, abierto y rendir cuentas de manera muy muy clara. Erendira Luna: Y en estos fideicomisos que tienen aportaciones privadas, ¿es posible transparentar el uso y destino de los recursos?
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