Derechos Humanos / Anuario 2020

188 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2020 confusión y ansiedad innecesarias en la mujer, en un contexto en el que se requiere que ella esté bien informada para que colabore de manera activa durante el proceso de atención de parto (ib.). La violencia obstétrica es una forma de violencia sexual cuando no se respeta la privacidad de la paciente, y cuando se llevan a cabo tactos vaginales excesivos (en la primera cita de la investigación de INSP se mencionó que iban de 1 a 40, una mujer tuvo que soportar que le metieran los dedos en la vagina 40 veces). […] El R2 [Residente 2] se levanta, va por un guante. Ahora se acerca a la mujer y le pregunta en tono serio: “¿Qué pasó?, ¿tiene contracciones?” La mujer le dice que por el momento no. Entonces el R2 pone cara de enfado y le dice: “A ver, m’hija, voy a revísala”, y le abre las piernas para hacerle un tacto […] La mujer sube las caderas de dolor. El R2 se enoja (le abre las piernas con fuerza y la sostiene duro como si la estuviera obligando sin su voluntad). La mujer grita: “¡Ay, ya!”. El R2 termina el tacto, pero deja su mano lista para hacerle otro en un momento. […] La mujer le dice con voz muy tímida “Hágame una cesárea”. El R2 le dice a la mujer a gritos “¡No! ¡Tiene que salir por donde entró! […] ¡Abra ya las piernas, que tengo que revisarla!”. La mujer lo mira muy tímidamente con cara de mucha vergüenza y abre las piernas. El R2 le hace otro tacto con mucha fuerza (se ve cómo mete su mano con mucha dureza y, por supuesto, esto hace que la mujer grite). (Castro y Erviti, 2015: 115-116). “Cuando tuve los dolores vine a que me checaran. El doctor me hace el tacto, pero me lastima horrible al meterme los dedos y me muevo, subo la cadera y el doctor me avienta las piernas y me dice que no me iba a atender, que viera a cualquier otro doctor porque no iba a seguir aguantando que yo no me dejara revisar. Me aventó las piernas por un lado y se fue” (Hospital 1). (INSP, 2015:18). Algunas personas podrán decir que los médicos no tenían intensiones sexuales cuando llevaron a cabo los tactos, pero aquí lo importante no son sus intenciones, sino los resultados de sus actos. También pueden considerarse como violencia sexual los insultos y comentarios sobre la vida sexual de la paciente. “Decían: no llore, aguántese, acuérdese cómo lo estaban haciendo, ahí si lo gozaban, ahora están que chillan, ahora aguántese” (Hospital 1). (INSP, 2013:19). Conclusiones Si la violencia obstétrica es una grave violación a los derechos humanos, forzosamente tiene que ser tipificada como delito, investigada, sancionada y reparada; y el Estado debe crear los mecanismos necesarios de denuncia, pero, también, debe establecer medidas de reparación a las víctimas, de satisfacción, y de no repetición. Se debe dar prioridad a los presupuestos en ginecología y obstetricia, y al sistema de salud pública en general. Se deben hacer cambios estructurales en el sistema de salud pública y en las es-

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