Derechos Humanos / Anuario 2020

DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2020 185 […] todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica.7 La violencia obstétrica tiene el efecto de anular a la mujer como persona y sujeto de derechos; a través de la violencia obstétrica el personal anula la capacidad de decisión de la mujer. La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Sentencia I.V. vs Bolivia afirmó que: La comunidad internacional ha ido reconociendo en forma progresiva que la tortura y otros tratos inhumanos también pueden darse en otros contextos de custodia, dominio o control en los cuales la víctima se encuentra indefensa, tales como en el ámbito de los servicios de salud y específicamente de la salud reproductiva.8 Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la esterilización forzada también es un acto de tortura, un trato cruel, degradante e inhumano, debido al sufrimiento psicológico, social y cultural que puede sufrir una mujer. La esterilización y anticoncepción forzadas son una violación al derecho a la autonomía, el cual es un elemento importante de la dignidad humana. Por otra parte, la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, si bien no reconoce a la violencia obstétrica como un acto de tortura, sí afirma que, a través de la medicina, se pueden cometer actos de tortura: Comete el delito de tortura el Servidor Público que […] realice procedimientos médicos o científicos en una persona sin su consentimiento […] El servidor público que, en el ejercicio de su cargo, como medio intimidatorio, como castigo o por motivos basados en discriminación, veje, maltrate, degrade, insulte o humille a una persona (Ley General para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; citado en Elementa Consultoría en Derechos y Centro Carter, 2018: 29). Según la cita anterior, el personal médico estaría cometiendo tortura cada vez que insulta a las pacientes, o las discrimina por ser pobres o indígenas, y cada vez que efectúan algún procedimiento médico sin el consentimiento informado. 7 Convencion Interamericana para prevenir y sancionar la Tortura. https://www.oas. org/juridico/spanish/tratados/a-51.html 8 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso I.V. vs. Bolivia. Resumen oficial emitido por la Corte Interamericana de la sentencia de 30 de noviembre de 2016 (excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas).

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