DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2019 99 y garantizar los derechos humanos […]” (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2011). Así es, constituye una obligación constitucional de todas las autoridades no sólo el respetar sino el garantizar los derechos humanos; tal obligación también encuentra sustento en el compromiso adquirido por el Estado Mexicano que, como parte integrante de una comunidad internacional, ha suscrito y ratificado diversos tratados en materia de derechos humanos. Recapitulando, al derribar los paradigmas existentes en torno a la procedencia del juicio de amparo contra normas reclamadas bajo un interés legítimo, se abre la posibilidad de crear nuevos modelos de justicia acordes con el contemplado en la reforma constitucional en materia de derechos humanos, mismos que serán de beneficio para los gobernados y la sociedad en general, en pro de una mayor protección de los derechos fundamentales, esto es, las obligaciones del Estado de garantizar y proteger los derechos humanos, se materializan también en la implementación de leyes afines a los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, por lo que el instrumento efectivo para la exigencia del justiciable es, en efecto, el juicio de amparo. Finalmente, es indispensable que la comunidad jurídica, así como todos aquellos defensores de derechos humanos agrupados en colectivos, instituciones, organizaciones o quienes ven frustrados sus derechos humanos, conozcan que, ante el reconocimiento de los derechos humanos, también se ha trabajado en acercar a las personas su justiciabilidad, ya que es la única forma de salvaguardar los derechos y principios consagrados en la Carta Magna y los tratados y convenciones reconocidos por el Estado Mexicano. Bibliografía Ávila, R. (2000). El Derecho cultural en México. Una propuesta académica para el proyecto político de la modernidad. México: UAM. Colección ciencias sociales. Burgoa, I. (1999). El Juicio de Amparo. México: Porrúa. Carbonell, M. y Ferrer Mac-Gregor, E. (2014). Los Derechos Sociales y su Justiciabilidad Directa. México: Editorial Flores. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (1917). Corte Americana de Derechos Humanos. Velásquez Rodríguez vs. Honduras. Costa Rica. Recuperado en: http://www.corteidh.or.cr/ docs/casos/articulos/seriec_04_esp.pdf _____. Olmedo Bustos y Otros Vs Chile. Costa Rica. Recuperado en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/Seriec_73_esp.pdf Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. Observación General 31. Suiza. Recuperado en: http://www.cjslp.gob.mx/seminario/programa/Panel%20IV/PanelIV_ Observaci%C3%B3nGeneral31_Comit%C3%A9DH.pdf Convención Americana de Derechos Humanos. (1969). Castro, V. (2006). Garantías y amparo. México: Porrúa. Góngora, G. (2003). Introducción al estudio del Juicio de Amparo.
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