66 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2019 propuesta de agenda en materia de empresas y derechos humanos a incluir en el Plan General de Desarrollo y el Plan Nacional de Derechos Humanos 2019-2024,6 que permita reactivar las laborales del Grupo de Trabajo Nacional o reformular el proceso de elaboración y contenido del PNEDH. La Resolución 26/9 y el proceso de elaboración del tratado sobre empresas y derechos humanos En julio 2014, el CDH adoptó la Resolución 26/9 relativa a la “Elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en materia de derechos humanos” (A/HRC/RES/26/9), a cargo de un Grupo de Trabajo Intergubernamental (GTI) de composición abierta sobre las empresas transnacionales y otras empresas comerciales con respecto a los derechos humanos. Esta resolución condujo al histórico proceso de elaboración de un instrumento de hard law en el ámbito de empresas y derechos humanos. Asimismo, polarizó las opiniones entre los actores de interés y abrió una vez más el debate recurrente en la materia sobre los instrumentos vinculantes y no vinculantes para regular las actividades de las empresas en virtud del derecho internacional. La Resolución 26/9 responde, principalmente, a las demandas de los Estados del Sur Global y de la sociedad civil de cubrir los vacíos existentes en relación con la gobernanza global de las actividades de las empresas y, sobre todo, para nivelar la asimetría normativa en favor de las empresas que gozan de derechos sustantivos y de reparación, pero carecen de obligaciones en el marco del derecho internacional (Hernández Zubizarreta, 2019). En este sentido, la Resolución 26/9 fue impulsada por Ecuador y Sudáfrica y contó con 20 votos a favor, 13 abstenciones y 14 en contra.7 La repartida votación no sólo constata la dicotomía Norte-Sur que acentúa las desigualdades en el contexto de la globalización económica, sino también es un reflejo del contexto geopolítico y económico en el que operan las empresas. El Estado mexicano fue de los países se abstuvo en la votación de la Resolución 26/9. La Delegación de México ha señalado que las 6 En junio de 2019, el Gobierno de México inició formalmente los trabajos para el diseño del Programa Nacional de Derechos Humanos 2019-2024, en cuya presentación la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, llamó a todas las entidades federativas, órdenes de gobierno y municipios del país, a construir una agenda nacional con perspectiva de género y de derechos humanos, que atienda las causas de la desigualdad social. Véase https://www.gob.mx/segob/prensa/inicia-gobierno-de-mexico-diseno-del-programa-nacional-de-derechos-humanos-2019-2024-204284 7 Votos a favor: Argelia, Benín, Burkina Faso, China, Congo, República de Costa de Marfil, Cuba, Etiopía, Federación de Rusia, Filipinas, India, Indonesia, Kazajstán, Kenia, Marruecos, Namibia, Pakistán, Sudáfrica, Venezuela (República Bolivariana de), Vietnam. Votos en contra: Alemania, Austria, Estados Unidos de América, Estonia, ex República Yugoslava de Macedonia, Francia, Irlanda, Italia, Japón, Montenegro, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, Rumania. Abstenciones: Arabia Saudita, Argentina, Botsuana, Brasil, Chile, Costa Rica, Emiratos Árabes Unidos, Gabón, Kuwait, Maldivas, México, Perú, Sierra Leona.
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