DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2019 53 a un compromiso político por parte de los tomadores de decisiones dentro de las estructuras del gobierno estatal. Desde una mirada de conjunto podemos observar que el tránsito de una agenda nacional a una local ocurrió sin grandes modificaciones de contenido, sin embargo, sí cambió el entorno de interpretación, lo que generó que esos mismos contenidos, al ser leídos en un contexto cultural distinto, cobraran un significado de ruptura. Dicho de otra manera, los mismos lineamientos estratégicos de la agenda de Beijing y del Pronam fueron adquiriendo significados distintos, según se tratase del contexto global, nacional o estatal. A mediados del año 2000 el enlace estatal del Coespo con el Pronam convocó a integrantes de las organizaciones de la sociedad civil, organismos gubernamentales, académicas/os e integrantes de partidos políticos, a formar parte del Consejo Consultivo del Programa Estatal de las Mujeres.15 Si bien la composición del Consejo Consultivo se fue modificando con el paso del tiempo, tuvo siempre un carácter híbrido al integrar tanto actores de la sociedad civil organizada como actores gubernamentales. En Aguascalientes, al igual que en otros estados de la República donde el movimiento feminista había impulsado mecanismos de género, un grupo de feministas y mujeres que venían realizando trabajo desde las organizaciones, se integró al Consejo Consultivo.16 El Consejo Consultivo del PEM realizó actividades durante aproximadamente dos años. Inició funciones en agosto de 2000 y presentó su informe final de actividades en junio de 2002, unos meses después de la formación del Instituto Aguascalentense de las Mujeres. Durante este tiempo, la realización sostenida de reuniones permitió que se constituyera en un espacio de intercambio a partir del cual se fueron encontrando puntos de acuerdo en un grupo que incluía a actores muy diversos. Más allá de los esfuerzos por involucrar a otras instituciones de gobierno en la implementación del PEM, uno de los mayores aportes del Consejo Consultivo fue dar a conocer públicamente el programa. Sus integrantes lograron introducir en la esfera pública un debate sobre la responsabilidad de las instituciones de gobierno de generar mecanismos para atender las demandas de las mujeres derivadas de su condición de género. Argumentar sobre la necesidad de que las mujeres se convirtieran en sujeto de política pública y señalar su ausencia histórica como género en el diseño de políticas, tenía implícito un cuestionamiento en torno a qué es lo que cuenta como político, qué debe quedar dentro y fuera de lo político, y de la política. ¿Cuáles fueron las implicaciones de que el Programa Estatal de las Mujeres, estuviera ya prediseñado y surgiera en el contexto de la firma reciente de la Plataforma de Acción de Beijing y de la publicación 15 El Consejo Consultivo del PEM es definido por sus estatutos como “el órgano asesor y promotor de las acciones que se emprenden en beneficio de las mujeres en el marco del Programa Estatal de la Mujer” (Coespo, 2000). 16 Algunas de estas mujeres provenían de genealogías que las identificaban más con los movimientos sociales y otras expresiones ciudadanas en el estado, que con las instituciones de gobierno.
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