DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2019 165 Antecedentes penales por delito grave: pena que transgrede el principio de reinserción social previsto en el sistema penal vigente Paulina Huerta Juárez1 Resumen Las reformas constitucionales en materia penal (2008) y de derechos humanos (2011) generaron, entre otros cambios, una reconfiguración del sistema penitenciario, cuyo propósito es lograr la reinserción social del sentenciado y procurar que no vuelva a delinquir. En ese contexto, la Ley Nacional de Ejecución Penal dispone que la reinserción social, entendida como la restitución del pleno ejercicio de las libertades tras el cumplimiento de una sanción, constituye uno de los principios que rigen el sistema penitenciario. No obstante, el referido principio es vulnerado por la propia Ley Nacional de Ejecución Penal al prohibir en su artículo 27, fracción V, inciso G, que las personas sentenciadas “por delito grave” que ya han cumplido con la pena impuesta, obtengan la cancelación de los respectivos antecedentes penales, convirtiéndose en una marca que estigmatiza y que afecta la posibilidad de que la persona que una vez delinquió y que ya cumplió con la sanción impuesta por la autoridad judicial correspondiente, tenga una segunda oportunidad y pueda regresar a la sociedad y continuar con su proyecto de vida, máxime que el término “delito grave” resulta impreciso, a la luz de las mencionadas reformas constitucionales. Palabras clave: derechos humanos, reinserción social, antecedentes penales, pena prohibida, delito grave. 1 Licenciada en Derecho por la Universidad Iberoamericana Puebla, y máster en Estudios de la Unión Europea por la Universidad de Salamanca. Exalumna de la Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Puebla. Servidora pública del Poder Judicial de la Federación.
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