Derechos Humanos / Anuario Edición 2019

130 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2019 En Colombia, el alcance del derecho al acceso de la justicia establece parámetros para el desarrollo de políticas públicas como medidas que permiten garantizar algunos de los elementos estructurales de este acceso, entendidas estas políticas como el medio de consecución de los fines sociales que mejoren la calidad de vida de las personas. Dichas políticas son respuestas gubernamentales a problemas sociales relevantes de la sociedad, en especial, aquellos que atañen a la víctima del conflicto armado colombiano. Por esto el Estado debe establecer lineamientos que permitan contribuir a resolver los problemas de exclusión y desigualdad social que amenazan el contexto colombiano. El Estado colombiano tiene la delimitación de los estándares de protección del derecho al acceso de la justicia. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las líneas jurisprudenciales de la Corte Constitucional colombiana, permiten inferir que el derecho debe ser respetado, garantizado y promocionado no sólo a nivel legislativo, sino también a nivel gubernamental, por medio de la creación e implementación de políticas públicas donde se tenga en cuenta la participación de la sociedad. En el marco de la justicia transicional se debe tener claridad que las víctimas son el centro del Acuerdo de Paz que ha permitido, de manera transitoria, crear el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantía de no Repetición, con el fin de garantizar el goce efectivo de los derechos de las víctimas del conflicto armado, asintiendo a la terminación de éste y a la construcción de una paz estable y duradera. Este sistema parte del reconocimiento de que debe existir verdad plena sobre lo ocurrido; del principio de reconocimiento de responsabilidad por parte de quienes participaron de manera directa o indirecta en el conflicto y se vieron involucrados en graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al derecho internacional humanitario; del principio de satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición. En teoría, la anterior dinámica permitirá que las víctimas del conflicto armado colombiano logren efectivamente el acceso a la justicia. Finalmente, el desarrollo de los instrumentos de la justicia transicional en Colombia implica un reto, que no sólo depende del Estado, sino también de toda la sociedad de lograr la paz estable y duradera. Sólo la historia y las nuevas generaciones serán las encargadas de juzgar los esfuerzos del Estado colombiano para terminar un conflicto de más de 50 años de violaciones masivas de derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Referencias Acosta, P. (2007). El Derecho de acceso a la justicia en la jurisprudencia interamericana. Bogotá : Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo. Asamblea General de las Naciones Unidas. (2012). Informe del Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Pablo de Greiff. Obtenido de https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HRCouncil/Regular-

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