Derechos Humanos / Anuario Edición 2018

78 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2018 y el feminismo, cuya evidencia “ha demostrado que la desigualdad entre hombres y mujeres es producto de una construcción cultural y no resultado de capacidades naturales diferenciadas entre los sexos” (Buquet, 2011, p. 212). A saber, las dinámicas de construcción cultural permean en los distintos ámbitos de socialización y proximidad de las relaciones humanas. En este sentido, la perspectiva de género supone el reconocimiento de las relaciones de poder construidas social e históricamente a la luz de las desigualdades que —en su generalidad— favorecen a los varones, estos “como grupo social y discriminatorio para las mujeres”; en tanto dichas relaciones dan forma a toda la estructura social y a la cual se adhieren relaciones marcadas por otras categorías sociales tales como la clase, etnia, preferencia sexual, religión (Gamba en Donoso y Velasco, 2013). Por consiguiente, es una herramienta analítica que favorece la comprensión de aspectos fundamentales relacionados con la construcción cultural de la identidad personal y la forma en cómo se reproducen ciertas jerarquías, relaciones de dominación y desigualdades sociales (Martín, 2006). Autoras como Palomar (2004) sostienen que en el vínculo género–universidad se acentúan al menos cuatro significados: a) demográfico, b) producción de áreas académicas, c) institucional, relacionado con las políticas educativas y de toma de decisiones; y d) epistemológico, esto manifiesto en las formas de aprendizaje–enseñanza (p. 12). Mientras Buquet (2011) distingue tres aspectos de los estudios de género y su incorporación realizada por las universidades: a) espacios académicos, traducidos en la creación e instalación de centros, programas o institutos; b) incorporación de temáticas en la formación, ello reflejado en los planes y programas de estudios y c) los procesos de institucionalización y transversalización en las estructuras y estrategias universitarias (p. 213). En consonancia con las cualidades y propósitos de la edh, la perspectiva de género en el ámbito de la educación incluye elementos como la igualdad, la equidad, y la justicia social, indispensables para la transformación en conocimientos y actitudes (Martínez, 2016). Con el propósito, además, de eliminar —entre otras cosas— la educación sexista, los estereotipos, la división sexual jerarquizada e incluso las diferencias en la inserción laboral (Reinoso y Hernández, 2011). Por ello, la titularidad de derechos frente a las necesidades de eliminar barreras, brechas y diferencias figura en la relación que existe entre el enfoque de derechos y la perspectiva de género, pues como apunta Facio (2003), los registros históricos de los derechos humanos no incluyen a las mujeres y esos derechos al no ser entendidos desde una perspectiva de género, no estarían aludiendo a los derechos humanos, sino a los derechos del hombre (p. 17). Desde esa lógica, la igualdad y no discriminación como un principio de los derechos humanos jugó un papel preponderante en el reconocimiento e inclusión de los derechos de las mujeres en diversos documentos y ámbitos en los que estaban ausentes (Alcañiz, En consonancia con las cualidades y propósitos de la edh, la perspectiva de género en el ámbito de la educación incluye elementos como la igualdad, la equidad, y la justicia social, indispensables para la transformación en conocimientos y actitudes

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