Derechos Humanos / Anuario Edición 2018

DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2018 77 Esta reforma, como se describirá más adelante, pretendió adaptarse mediante el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014–2018, a través de objetivos, estrategias y líneas de acción para transversalizar tanto los derechos humanos como el género (Secretaría de Gobernación, 2016). Para 2012, con las modificaciones y adecuaciones normativas correspondientes en la denominada Reforma Educativa en México, la inclusión de los derechos humanos quedó regulada, al menos en los niveles de educación básica y media superior. El mismo Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (inee) planteó lo siguiente: Así inauguramos una generación de reformas cuyo enfoque es garantizar los derechos humanos de niñas, niños y jóvenes que cursan la educación básica y media superior, debido a que las disposiciones legales e instituciones que se derivaron de ella se han concentrado en la escuela (Orduña, 2015, p. 13). Por su parte, la Ley General de Educación (lge) fue armonizada, a la luz de la reforma al artículo 3º constitucional. De esa manera, el artículo 7º de la lge estableció además de los fines del precepto constitucional que “la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares” deberán: Promover el valor de la justicia, de la observancia de la Ley y de la igualdad de los individuos ante esta, propiciar la cultura de la legalidad, de la inclusión y la no discriminación, de la paz y la no violencia en cualquier tipo de sus manifestaciones, así como el conocimiento de los Derechos Humanos y el respeto a los mismos (fracción VI). En cuanto a los programas y políticas públicas, el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014–2018 focalizó su atención en aspectos relacionados con la “feminización de ciertos ámbitos de la educación”, señalando que uno de los problemas en la educación se debía a que la “política educativa nacional no se ha diseñado transversalmente bajo las perspectivas de derechos humanos, género, inclusión y no discriminación” (Gobierno de la República, 2014, p. 22). De esta forma, el Programa Sectorial de Educación se planteó como Meta Nacional en el eje III. “México con Educación de Calidad”, la inclusión y equidad en el Sistema Educativo, teniendo como objetivos: Objetivo 2. Prevenir violaciones de derechos humanos. Objetivo 3. Garantizar el ejercicio y goce de los derechos humanos. Objetivo 4. Fortalecer la protección de los derechos humanos. En la estrategia 1.4. Difundir entre la población los contenidos de la reforma constitucional de derechos humanos, se focalizó en el objetivo 2. Prevenir las violaciones de derechos humanos, la estrategia 2.2 Transversalizar las perspectivas de derechos humanos, de género, de inclusión y no discriminación en la política educativa nacional, dentro de las dependencias o entidades la Secretaría de Educación Pública (Gobierno de la República, 2014, p. 96). En el ámbito estatal, la Ley de Educación del Estado de Puebla, en la fracción II del artículo 8º, reformado el 28 de marzo de 2012, estableció que: “la educación que impartan el Estado, los Municipios, sus Organismos Descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios”, tendrán entre sus fines que, “inculcar el reconocimiento y respeto a los derechos humanos”. Aunque algunas leyes estatales aún no han sido armonizadas. Por ejemplo, la Ley de Educación Superior del Estado de Puebla, que se emitió con posterioridad a la reforma de 2011, no incorpora el enfoque de derechos humanos en su fracción IV, artículo 7, mismo que prescribe entre los objetivos de la educación superior que esta deberá “coadyuvar en la formación de ciudadanos con espíritu de solidaridad, respeto y justicia, prácticas de los valores democráticos, patrios y preocupados por la preservación y mejoramiento del medio ambiente y promotores del interés social y del desarrollo estatal y nacional”. No obstante, en dicha normativa, el artículo 69 establece que será dicha Secretaría la que debe dar seguimiento al desarrollo de proyectos y programas que deriven de compromisos y acuerdos internacionales dentro de su competencia. La institucionalización y transversalización de la perspectiva de género en la universidad El sustento teórico de la perspectiva de género se enmarca en los constantes ejercicios de conceptualización y teorización de los estudios de género

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