DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2018 63 Por su parte, las personas damnificadas que no fueron censadas por parte del personal de Sedeso–Sedatu no conocieron en cuál era el estado de sus viviendas, la situación de riesgo a las cuales se debían de enfrentar o las reparaciones adecuadas que debían de realizar para generar la reconstrucción adecuada de sus viviendas. “la vivienda no fue censada a pesar de tener un daño total” (vivienda D28) y (vivienda N16), “presenta grietas en los muros que cada día crecen más” (N11) o “la vivienda fue censada, se cayó la cocina y un cuarto tuvo fracturas, pero no recibí el apoyo (vivienda N3). Seguridad jurídica de las viviendas 34 El 5.83% de las personas de Santo Domingo Ayotlicha y Santiago Huejotal que participaron en el mapeo diagnóstico consideraron que las condiciones de seguridad jurídica no les permitieron iniciar con los procesos de reconstrucción de sus viviendas. Todos los casos se refirieron a la existencia de familias extensivas que no recibieron el apoyo, debido a que el personal de Sedeso–Sedatu que realizó el censo consideraban solo una vivienda por predio. Lo cual implica por parte de Sedatu un sesgo y omisión de una de las condiciones socioculturales de la vivienda en México, como es la agrupación de varias familias relacionadas por condiciones de parentesco en un mismo predio. “Desconozco la razón por la cual no recibí el apoyo, no me lo comunicaron, considero que es por ser varias familias en un solo predio” (vivienda B8), “recibió una de las familias de la casa un apoyo por daño parcial, iniciamos la reparación pero aún falta reparar grietas” (vivienda A6), “la vivienda no fue censada, ya que apoyaron a mi cuñado que vive junto, a mí no por tratarse del mismo predio” (vivienda D24). Situación que favoreció condiciones de hacinamiento, ante la solidaridad de la propia familia extensiva de albergar en los espacios disponibles a los demás integrantes. 34 Se entiende la seguridad jurídica de la tenencia de la vivienda como la necesidad de toda persona, de contar independientemente del modo de tenencia o de propiedad con la seguridad que les garantice la propiedad legal contra el desahucio, el desalojo, el hostigamiento y las amenazas (Sandoval, 2007: 63). Albergue durante el sismo Las condiciones del alberge durante el sismo no era uno de los parámetros considerados al inicio del Informe, sin embargo, en agosto de 2018, el Comité Ciudadano por la Reconstrucción del 19S informó que se había reconocido, a través del juicio de amparo colectivo 1284/2018, la omisión de autoridades al seguimiento al programa de reconstrucción de viviendas y de albergues, estimando la violación de 17 artículos constitucionales (Castillo, 2018). Las personas de Santo Domingo Ayotlicha y Santiago Huejotal mencionaron que tuvieron que dormir hasta ocho meses fuera de los espacios de sus viviendas. “Dormí dos meses y medio fuera de mi casa. Yo recibí el apoyo por daño total, pero a pesar de los daños evidentes de otras viviendas, solo 9 fueron dictaminadas con daño total” (vivienda A10), “vivimos dos meses y medio en una camioneta a falta de albergue” (vivienda A11) y “el apoyo llegó hasta el mes de enero, contando el tiempo de reconstrucción, no dormí en su casa durante 8 meses por miedo” (vivienda A12). La situación de contar con un espacio donde habitar durante el sismo y el periodo de reconstrucción para aquellas personas que tuvieron que dejar sus hogares, implicó aspectos económicos, de miedo, pero sobre todo de agravamiento de las condiciones de salud física como fue principalmente el caso de la vivienda A11. Vivienda, sismo y sociedad en movimiento Las irregularidades en los procesos de reconstrucción de las viviendas generó una diversidad de acciones de denuncia en la región de Izúcar de Matamoros y Atlixco, las cuales no se presentaron en las comunidades de Santiago Huejotal o Santo Domingo Ayotlicha, en gran medida porque la organización comunitaria en estas comunidades se centró en procesos de reconstrucción desde ellos. Entre las acciones de denuncia es necesario mencionar tres de ellas por su alcance y nivel organizativo. La Asociación Civil “Ciudadanos liberando México”, que el 10 de junio de 2018 encabezó una manifestación donde denunció al gobierno del estado de Puebla por la existencia de más de 3 mil personas damnificadas del Centro de mando
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