Derechos Humanos / Anuario 2017
80 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2017 Tal como lo explican Linke y Taana, el flujo de ca- pital “justificaba” la existencia de una guerra por el territorio, incluyendo sentimientos negativos como el miedo y el terror para gobernar a las poblaciones allí asentadas, militarizando los espacios (2009: 4-5) y “obligando” a los pobladores a cooperar con el ejér- cito. En todo este proceso se deshumaniza la figura del narcotraficante, convirtiéndolo simplemente en el enemigo a eliminar. De tal manera que las pobla- ciones al noroeste mexicano, asentadas en territorios “tradicional” y conceptualmente relacionadas con el narcotráfico, como Chihuahua, Sinaloa y Durango, han sido escenario recurrente de episodios masivos e invisibles de desplazamiento. Una política del miedo en forma de “guerra”, sumada a la falta de compromiso oficial de las autoridades hacia el DFI, han “imposibilitado” el reconocimiento de las PIDs como víctimas de violaciones a sus derechos fundamentales. 2.2 Caso Colombia Desde hace más de cincuenta años, Colombia vive una situación de conflicto armado interno resultado de los enfrentamientos del Estado y las guerrillas de extrema izquierda, especialmente las Fuerzas Revo- lucionarias Armadas de Colombia (FARC) por el control del territorio, la debilidad del mismo gobierno y las desigualdades económicas y políticas. Sin embargo, en el conflicto se han visto involucrados otros actores como grupos paramilitares de extrema derecha, bandas crimi- nales y cárteles del narcotráfico, quienes principalmente financiaban la violencia. Estos hechos tuvieron graves consecuencias sociales, políticas y culturales sobre las poblaciones (Restrepo y Rojas, 2004: 12), los cuales devinieron en muerte, miedo, desapariciones y despla- zamiento interno forzado. Hasta finales de 2016 había alrededor de 7.2 millones de colombianos internamente desplazados (IDMC, 2017: 24), quienes en su mayoría estarían conformados por población rural, indígena y campesina que llegan a las ciudades en condiciones de “invisibilidad” (Jiménez, Abello y Palacio, 2003: 328). Un enfrentamiento tan “añejo”, así como el gran número de afec- tados fueron los factores que facilitaron el reconocimiento del DFI por parte de las autoridades colombianas desde 1995 (CNDH, 2016: 31). Acción que, a su vez, supuso la creación de la legislatura e instituciones pertinentes para la atención de estas personas afectadas por el conflic- to interno. Uno de los primeros acercamientos del Estado colombiano a la regulación jurídica y administrativa de la situación de desplazamiento fue la adopción de la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984 durante el “Coloquio sobre la Protección Internacional de los Refugiados en América Central, México y Panamá: Problemas Jurídi- cos y Humanitarios”, celebrado en noviembre de ese mismo año (Kom- pass, 2004: 29). Asimismo, cabe resaltar que en Colombia los Principios Rectores sobre el Desplazamiento Interno tienen rango constitucional, después de lo dictaminado por órdenes jurisprudenciales de la Corte Constitucional de dicho país (Quintero, 2004: 192). Colombia “es el país Tal como lo explican Linke y Taana, el flujo de capital “justificaba” la existencia de una guerra por el territorio, incluyendo sentimientos negativos como el miedo y el terror para gobernar a las poblaciones allí asentadas, militarizando los espacios (2009: 4-5) y “obligando” a los pobladores a cooperar con el ejército.
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