Derechos Humanos / Anuario 2017

24 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2017 Víctor Rodríguez Rescia : Bueno, el principal derecho que viola es la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, artículo 27, el cual dice que un Estado nunca puede invocar su derecho interno para no cumplir con un tratado. Si hay una contradicción entre un tratado que favorece más a la persona en relación con la Constitu- ción y la tesis dice que hay que aplicar la contradicción de tesis, y ésta señala que hay que aplicar la Constitución, entonces, se está violando el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados que, como ya mencione, establece que no se puede invocar el derecho interno para no cumplir con un tratado y la Cons- titución es un derecho interno. Rosario Arrambide : ¿Con el principio de progresividad tendría alguna relación? Víctor Rodríguez : Sí, el principio de progresividad sí tiene una relación, porque los derechos humanos avanzan, no deben ser regresivos y los tratados de derechos humanos, idealmente, se supone que van avanzando hacia una dimensión de mayor protección, si hay normas de Derecho Internacional que dan mayor protección que lo que dice la Constitución, obviamente se viola el principio de progresividad en la situación que describo. Rosario Arrambide : Hay quienes opinan que esta resolución de con- tradicción de tesis, se hizo a modo para justificar la figura del arraigo que sube a rango constitucional, ¿cuál es su opinión? y ¿principal- mente, cuál es su opinión sobre el arraigo? Víctor Rodríguez Rescia : Bueno, esa sería una opinión política, o sea, yo no puedo decir cuál fue el criterio, pero si es el criterio político de decir que existían o que existen en la Constitución federal de México algunas instituciones que contradicen los tratados como el arraigo, que lo hace. Entonces, ¿para qué queremos abogados?, es decir, no es una decisión jurídica, es una decisión política, eso lo pueden decir los diputados, etc., que tienen un criterio político, pero aunque tenga- mos criterio político, tienen que respetar las obligaciones internaciona- les; la contradicción de tesis es un irrespeto al Derecho Internacional y al principio de que hay que respetar la norma que más favorezca, así sea de un tratado, y el arraigo irrespeta a los tratados per se . Yo creo que hay por lo menos diez Comités, diez órganos de dere- chos humanos que han cuestionado el arraigo, yo pertenecía a uno. Fue de los primeros o el primero que lo criticó. Se llama el Subcomité de Prevención de la Tortura. Nosotros visitamos cárceles y arraigos, y el arraigo es invasivo a la libertad, porque sin una investigación abierta, sin derecho de defensa y una acusación concreta para po- der ejercer el derecho de defensa, las personas que son acusadas o que todavía ni siquiera son acusadas, están siendo investigadas; entonces son llevadas a un arraigo que puede ser federal. Eso ya ha Los derechos humanos avanzan, no deben ser regresivos y los tratados de derechos humanos, idealmente, se supone que van avanzando hacia una dimensión de mayor protección.

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