Derechos Humanos / Anuario 2016
76 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2016 Por su parte, México asumió una serie de Iniciati- vas de Ley con la finalidad de contrarrestar las accio- nes antiinmigrantes de EUA. Siendo así, en febrero de 2011 entró en vigor la Iniciativa de Ley para la Protección y Apoyo a los Migrantes y sus Familias, en donde el Artículo 2° constitucional señala que: La federación, los estados y los municipios garanti- zarán la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades. Siendo obligatorio, establecer políticas sociales para proteger a los migrantes de los pueblos indígenas, tanto en el territorio nacional como en el extranje- ro , mediante acciones para garantizar los derechos laborales de los jornaleros agrícolas; mejorar las con- diciones de salud de las mujeres; apoyar con progra- mas especiales de educación y nutrición a niños y jóvenes de familias migrantes ; velar por el respeto de sus derechos humanos y promover la difusión de sus culturas (el resaltado es de la autora). Otro instrumento que abona a la atención de la población indígena y migrante es el Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley de Mi- gración. Es aquí donde se reforman, derogan y adi- cionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General de Población y del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, promulgado en septiembre de 2012, el cual men- ciona en su artículo 218 Bis: La Secretaría de Gobernación celebrará acuerdos de coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatal y municipal, así como con organismos e instituciones públicas y privadas, para la reintegración de mexicanos repatria- dos. Dichos acuerdos podrán contener lo siguiente: I. Creación de programas de atención médica; II. Accio- nes para brindar orientación sobre ofertas de empleo y vivienda, así como programas de reinserción ; III. Creación de proyectos de coinversión, para garan- tizar que los mexicanos repatriados reciban alimentos y albergue en lugares cercanos a los puntos de repatria- ción; IV. Promover la instauración de albergues para mexicanos repatriados, garantizando un lugar seguro para descanso y aseo, y V. Creación de programas de difusión para informar a los mexicanos indígenas repatriados sobre sus derechos, procurando que esta información se emita en su lengua de origen (el resaltado es de la autora). En cuanto a las reglas de operación de programas como el 3x1 para migrantes, en su enfoque de derechos, en el 2014, menciona que: Con el objetivo de generar las condiciones necesarias para el acceso equitativo en términos de disponibilidad, accesibilidad, exigibilidad y calidad en las acciones que realiza este Programa, se implementarán meca- nismos que hagan efectivo el acceso a la informa- ción gubernamental y se asegurará que el acceso a los apoyos y servicios se dé únicamente con base en lo establecido en estas Reglas , sin discri- minación o distinción alguna. Asimismo, el Programa fomentará la vigencia efectiva y respeto irrestricto de los derechos de las personas con discapacidad, jóvenes y de los pueblos indígenas, contribuyendo a generar conocimiento y acciones que potencien su desarrollo integral e inclusión plena (el resaltado es de la autora). Además de que existe una Comisión Intersectorial dentro del Programa, con el objetivo de coordinar, articular y complementar las acciones, programas y recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la estrategia presidencial, misma que está integrada por los Titulares de diversas Depen- dencias , entre ellas las que nos ocupan en este artículo: Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Educación Pública, Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Instituto Nacional de las Mujeres, entre otras. 4 Si bien hasta el momento se han señalado programas y leyes a nivel federal, me gustaría colocar la Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana en el Distrito Fede- ral 5 como una referencia de avanzada en cuanto a la atención y protección al migrante con una visión intercultural. Es así que habla del Distrito Federal como una ciudad intercultural: 4 Secretaría de Desarrollo Social, quien la presidirá; Secretaría de Gobernación; Secretaría de la Defensa Nacional; Secretaría de Marina; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía; Secretaría de Economía; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Secretaría de Comu- nicaciones y Transportes; Secretaría de Salud; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano; Secretaría de Turismo; y Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. 5 La Ley de Interculturalidad, Atención a Migrantes y Movilidad Humana en el Distrito Federal, fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 7 de abril de 2011.
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