Derechos Humanos / Anuario 2016

126 DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2016 Es pertinente resaltar la violación de derechos humanos al impedir que personas, civiles al igual que todos, no tengan acceso a los mismos derechos (y obligaciones) por tener una preferencia sexual distinta a la predominante. Según el informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, 2 resulta dis- criminatoria la negación de acceso al matrimonio a personas del mismo sexo; en esta parte no se puede dejar de lado que esta negación no sólo se refiere a un papel que une a dos personas, sino también a todas las protecciones que por ley se obtienen en dicho enlace, tales como el seguro social, el derecho a pensiones, formar una familia, o el simple hecho de poder visitar a tu pareja en caso de enfermedad en un hospital, sin tener el rechazo por “no ser familiar”. En cuanto al derecho internacional al que está adscrito el Estado mexicano, como firmante de la Declaración Universal de Derechos Humanos, al negar el matrimonio igualitario se violan: el art. 1º que dice “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos ”, así como el artículo 7º de esta misma Declaración, el cual refiere: “ Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación…”. 3 La negación del matrimonio igualitario vulnera la vida y seguridad de las personas y es aquí donde radica la importan- cia de abordar el tema y hacer un análisis crítico de lo que conlleva de fondo el rechazo al matrimonio igualitario en la sociedad y la violación de derechos humanos que implica. No es novedad decir que la sociedad mexicana es una de las más conser- vadoras, al menos en el hemisferio occidental, y que la presencia de la Iglesia Católica más tradicional resulta ser uno de los pilares principales que la guían. El 81% 4 de la población nacional practica esta religión, por lo que es obvia su influencia directa en la sociedad y en sus decisiones; esto a pesar que México es un Estado laico. 5 Si bien el discurso del FNPF está basado en argumentos religiosos, y hay varias instituciones católicas que lo respaldan en Puebla, como, por ejemplo, la Universidad Popular Autónoma de Puebla, también es importante resaltar que existe otro sector de la Iglesia Católica que no comulga con esas ideas; un sector que no aprueba que en nombre de Dios se rechace la posibilidad de derechos y se busque conservar la vulnerabilidad de un sector de la población, Dios es amor. A este sector pertenece Teresa Forcades. Sobre el matrimonio igualitario, Forcades 6 argumenta que, primero, hay que entender cuál es la función o sentido de una unión matrimonial. En esta dirección usa el concepto de pericoresis (de los vocablos griegos peri - y coresis , a saber: periferia y espacio, y que significa “espacio que se da alrededor de una persona para dejarla ser y crecer en libertad”, según explica esta teóloga, para intentar entender lo sacramental de una unión. Muchos católicos argumentan que lo 2 Recomendación General N° 23 de la CNDH, consultado el 5 de enero de 2017 en http://informe. cndh.org.mx/menu.aspx?id=283 3 UN (2016), La Declaración Universal de los Derechos Humanos, consultado el 5 de enero de 2017 en http://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/ 4 Pew Research Center (2014). Religion in Latin America: Widespread Change in a Histor- ically Catholic Region. Consultado el 25 de septiembre de 2016 en http://www.pewforum. org/2014/11/13/religion-in-latin-america/ 5 Al menos así lo señalan los Artículos 130 y 40 de la Constitución que expresan la voluntad del pueblo mexicano de constituirse como una República representativa, democrática, laica y federal. 6 Teresa Forcades (2016). Conversatorio con defensoras de Derechos Humanos, 23 de agos- to de 2016, Universidad Iberoamericana Puebla.

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