Derechos Humanos / Anuario 2016
DERECHOS HUMANOS ANUARIO 2016 103 En dicho contrato no se tiene en cuenta que el derecho político no solo destituye el derecho paterno, sino que además conserva el derecho sexual o conyugal que los hombres se otorgan sobre las mujeres. De modo que, el patriarcalismo no se suprime, sino que se moderniza en el contrato social. Por su parte, la feminista belga, Luce Irigaray, afirma que el intercambio de mujeres en las sociedades primitivas (descrito por el antropólogo Lévi Strauss en su texto Las estructuras elementales de parentesco ) expone el germen de la mujer-mercancía, quien circula en su valor de uso en tanto cuerpo reproductor, y en su valor de cambio en cuanto objeto de fetichización. La autora precisa que en esas sociedades opera una economía en la cual se favorece a los hombres-productores-dueños de los intercam- bios, mientras que las mujeres se convierten en objetos de los mismos (145). El lenguaje del cuerpo Si el cuerpo humano es la materia, la carne, el hábitat del yo para vivir y morir, aquel organismo biológico creado por un Dios, para quienes tienen creencias religiosas; la corporeidad puede entenderse como el conjunto de cuerpos vividos por hombres y mujeres en un contexto cultural regido por leyes, costumbres, usos, valores y creencias determinados. La sociología la define como “un fenómeno social y cultural, materia simbólica, objeto de representaciones y de imaginarios” (Le Breton, 2002: 7). Del mismo modo, es la representación colectiva de la red de relaciones y acciones, desde las más elementales a las más complejas, que tejen los cuerpos en los diferentes espacios cotidianos. El cuerpo como objeto material, a través del cual se entra en con- tacto con el medio ambiente, propicia la percepción y la experiencia a partir de los sentidos (ver, oír, sentir, oler, tocar), lo cual constituye el pilar de la construcción de significaciones y contenidos del mundo, la vida, la realidad y la cultura. Entonces, la existencia es una expe- riencia empírica a través del cuerpo, de modo que “la existencia es, en primer término, corporal” (Le Breton, 2002: 4). Descartes en su momento, con su célebre frase Pienso luego existo, centró la máxima importancia en el pensamiento; en lo inmaterial, trascendental y eter- no. Es decir, es posible existir sin cuerpo, el pensamiento trasciende los límites materiales y objetivos del cuerpo. De ahí la célebre frase política que reivindica a las víctimas de magnicidio: A los hombres los pueden matar, pero a las ideas no . John Locke, por su parte, sostuvo que el cogito, o mente humana, es como un papel en el cual se es- cribe la experiencia, y ésta es producto del contacto del cuerpo con el entorno. En este trabajo se defiende la postura objetiva, material, empírica y experiencial del cuerpo, en especial, el de las mujeres. Desde la fenomenología, el análisis del feminicidio se fundamenta en el enfoque del cuerpo vivido de la filosofía merleaupontiana, basada en la experiencia del mundo de la vida, asunto que requiere especial atención y profundidad por lo que no será tema de este escrito, sino que será tratado en otro artículo. La corporeidad puede entenderse como el conjunto de cuerpos vividos por hombres y mujeres en un contexto cultural regido por leyes, costumbres, usos, valores y creencias determinados.
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